Erstellt von Cristina Heras
vor etwa 8 Jahre
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Frage | Antworten |
DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL ¿CUÁLES SON? | 1. Conducir un vehículo de motor o un ciclomotor superando la VELOCIDAD MÁXIMA permitida en 80km/h en vía interurbana o en 60 km/h en vía urbana 2. Conducir un vehículo a motor BAJO LA INFLUENCIA DE DROGAS TÓXICAS, ESTUPEFACIENTES, SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS O ALCOHOL. En todo caso el conductor que supera en 0,6 mg/l en aire expirado o 1.2 g/l en sangre, la tasa máxima permitida. 3. Conducir un vehículo a motor o ciclomotor con TEMERIDAD MANIFIESTA poniendo en grave riesgo la vida y la integridad de las personas 4. Negarse a someterse a las PRUEBAS de comprobación de la tasa de alcoholemia y la presencia de drogas. 5. Conducir un vehículo a motor o ciclomotor en los casos de PÉRDIDA DE VIGENCIA POR PERDIDA TOTAL DE PUNTOS. Igualmente si ha sido privado cautelar o definitivamente de la licencia o permiso o si nunca la ha obtenido. 6. Colocar OBSTÁCULOS EN LA VÍA, derramando sustancias o alterando la señalización cuando se origina riesgo grave para la circulación. Igualmente afecta a quien NO RESTABLEZCA LA SEGURIDAD DE LA VÍA, cuando tenga obligación de hacerlo. |
¿DÓNDE SE REGULAN? | Se regulan en la LEY ORGÁNICA DEL CÓDIGO PENAL, dentro de los Delitos contra la Seguridad Colectiva. - Se introducen en la reforma de 2007. - Evitar que conductas de violencia vial queden impunes. |
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