Código penal para el
Estado libre y soberano de Jalisco.
Medidas de seguridad y sanciones.
Medidas de Seguridad.
Sanciones.
Prisión: Es la privación de la libertad y suspención de los derechos civiles y políticos.
Relegación: Consiste en la retención de los sentenciados en colonias penales, durante el tiempo que esta perdure.
Confinamiento y arraigo.
Prohibición de ir a un lugar determinado o residir en el. Aplicable en caso de que exista peligro físico o moral de las victimas.
Aplica
Vigilancia de policía.
Confinamiento es la obligación del sentenciado a residir en un lugar y no salir de el, determinado según las necesidades de salud y tranquilidad pública de este.
El arraigo consiste en la obligación del sentenciado a permanecer en un lugar determinado por el riesgo de que este se ausente o esconda a un presunto responsable.
Reparación del daño.
Multa.
Decomiso de los instrumentos y del producto del delito.
Amonestación.
Apercibimiento y causión de no ofender.
Suspención de derechos, oficio o profesión.
Inhabilitación temporal para manejar vehículos, motores o maquinaría.
Destitución o suspención de funciones o empleos públicos.
Internamiento o tratamiento en libertad vigilada de sujetos con imputabilidad disminuida.