Esta constituido por el mero ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en el local determinado y se hallen no especificas en las tarifas de impuestos
Son las personas físicas o jurídicas y las entidades a las que se refiere el artículo 35.4
Tipo Impositivo
Están exentos el Estado, las comunidades autonomas y entidades locales, sujetos pasivos que inicien la actividad, durante los dos primeros años , personas fisicas, ventas inferior a 1.000.000€, entidades gestoras de la seguridad social, organismos públicos de investigación y enseñanzas, fundaciones y asociaciones de disminuidos, cruz soja y sujetos pasivos a los que se les sea de aplicación la exención
No Sujeción
Cuota
Coincide con el año natural, excepto cuando se trata de declaraciones de alta, en cuyo caso abarca desde la fecha de comienzo de la actividad hasta el final del año natural.
Cuota IAE= cuota tarifa + coeficiente de ponderación+ coeficiente de situación
No tiene
Periodo Impositivo
Venta de bienes integros dentro de activo fijo de la empresa, venta de productos que se reciben en pago por trabajos personales p servicios profesionales, exposición con el fin exclusivo de decoración o servicios profesionales. y realización de una sola operación aislada por parte de un minorista.
Gestión
IVA
Es todas aquellas causas que originan la obligación de pagar el impuesto, la entregas de vienes y servicios , adquisición intracomunitarias e importación
Es quien está obligado a ingresar el dinero en Hacienda.
Medicina y sanidad, educación y formación continua, servicio de correos, loterías y apuestas del estado, operaciones financieras, cuentas de ahorro corrientes, segundas y posteriores entregas de edificios, arrendamientos destinados a viviendas y garajes, operaciones de seguros, derechos de autor y servicios culturales.
Transmisiones de un conjunto de elementos corporales o incorporales del patrimonio empresarial, régimen de dependencia derivados de relaciones administrativas, Las entregas gratuitas de muestras de mercancías sin valor comercial estimable. Las prestaciones de servicios de demostración a titulo gratuito para la promoción de actividades, servicios prestados por cooperativas, operaciones realizadas por entes públicos y las entrega de dinero a titulo de contraprestación.
General: 21%
Reducido: 10%
Superreducido: 4%
Hecho Imponible x Tipo Impositivo= Cuota
Trimestral para las pequeñas empresas y para las grandes es mensual.
Es aquel por el cual no se realiza el devengado menos el soportado, si no en función de las cantidades económicas fijas establecidas por hacienda para cada actividad que se desarrolle.
Régimen Simplificado
Régimen especial de criterio de caja
Es aquel al que puede acogerse los empresarios y profesionales al presentar la declaración de comienzo de actividad o en el mes de diciembre al de comienzo de aplicación.
IRPF
El Hecho Imponible, es un impuesto de carácter personal y directo, segun los principios de igualdad y progresividad; las rentas a declarar son: el rendimiento de trabajo,los rendimientos del capital mobiliario, rendimientos de actividades económicas.
Se considera como contribuyentes a las personas físicas que residan habitualmente en España, las personas físicas de nacionalidad Española que tuviesen su residencia en el extranjero y las perosnas fisicas que acrediten su residencia en un paraiso fiscal.
Indemnizaciones de responsabilidad civil, indemnizaciones por despido, prestaciones reconocidas al contribuyente por la seguridad social, los premios de loteria si no superan los 2.500€, las ganancias patrimoniales de la transmision de mayores de 68 años y los diviedendos y participaciones de beneficios con un limite de1.500€
Impuestos sobre sucesiones y donaciones, las ganancias que se pongan de manifiesto en la división de cosas en común o en la disolución de la sociedad, las perdidas en el consumo y juego, Los rendimientos del capital mobiliario, las variaciones patrimoniales que se pongan con ocasión de transmisiones lucrativas.
Es Progresivo
Depende de los rendimientos del trabajo, capital mobiliario, capital inmobiliario, actividades economicas, objetiva, ganancias y perdidas patrimoniales.