Por la cual se expide el reglamento estudiantil de la Universidad nacional y se dictan otras disposiciones. (UNAD)
Artículo 69. Diplomado de profundización
Opción de grado que le permite al estudiante, actualizar, complementar, apropiar y profundizar nuevos aprendizajes den un campo de terminado de conocimiento, propio de su objeto de estudio o su programa académico. (UNAD)
Capítulo 4: Diplomado de profundización
Artículo 28.1. Orientación general y propósitos del diplomado de profundización.
El diseño del diplomado de profundización esta bajo la responsabilidad de los docentes o equipo de docentes disciplinares, experiencias investigativas o profesionales del campo específicos, el comité curricular realizara el aval, para su aprobación en el consejo de la Escuela.
Los diplomado de profundización podrán tener énfasis investigativo o netamente de actualización de conformidad con los propósitos del equipo en el de diseño de este, este énfasis debe ser de pleno conocimiento del estudiante
Los diplomados con énfasis investigativos deben estar articulados a las líneas de investigación del programa respectivo
El consejo de la Escuela, por solicitud de comité curricular de cada programa o cadena de formación, definirá la oferta, permanecía del diplomado o sierre del diplomado en función al impacto del mismo en coherencia con los propósitos definidos.
Articulo 29 de los requisitos, los requisitos del diplomado de profundización son
Artículo 28.2 Los propósitos del diplomado son:
Desarrollar competencias en capos disciplinares o profesionales
Complementar conocimiento teórico o procedimentales que conlleven a actuaciones de apropiación, aplicación, transferencia o identificación de intereses potenciales de investigación, en el marco de campos disciplinares o profesionales específicos
Haber cursado y aprobado en (90%) de los créditos del plan de estudios
Pagar los derechos pecuniarios establecidos
Legalizar la matricula ante el registro y control académico
Articulo 30 de las condiciones de apoyo académico. el estudiante contara con los siguientes apoyos académicos durante el desarrollo del diplomado de profundización
El estudiante contara con el acompañamiento tutorial a través de encuentros sincrónicos y asincrónicos.
Para la realización del producto final el estudiante contara con el acompañamiento del docente asignado al diplomado
Para la sustentación de producto final se asignará a cada estudiante o grupo de estudiantes un jurado que emitirá la calificación final correspondiente al (25%) de la calificación
Articulo 31 de las condiciones del apoyo administrativo; el estudiante contara con los siguientes apoyos administrativos durante el desarrollo del diplomado de profundización
La oferta del diplomado de profundización se realizará en los periodos académicos regulares.
Los diplomados de profundización se ofertan por lo menos una vez al año. Podrán hacerse dos veces al año según demanda
Las fechas de inicio y finalización de los diplomados de profundización serán definida en los cronogramas académicos anuales
Artículos 32 de seguimiento y evaluación; la ponderación de la evaluación del proceso de aprendizaje del diplomado estará acorde con lo establecido por el sistema nacional de evaluación de un (75%) y un (25%) incluyendo tres momentos evaluativos, evaluación inicial, evaluación intermedia y evaluación final
La nota mínima aprobada del diplomado de profundización es de (3.0)
No se puede habilitar el diplomado de profundización.
El seguimiento al desarrollo del diplomado de profundización estará a cargo en primera instancia del cuerpo de docentes y en segunda instancia por el director del diplomado. El docente asignado realizara el seguimiento y el acompañamiento correspondiente según la agenda académica establecida
Cada director del diplomado de profundización realizara por cohorte un informe que refleje los alcances, limitaciones y potenciales del mismo, con el fin de garantizar la mejora continua
Titulo otorgado ingeniero ambiental
Por la cual se modifican los artículos 25,28,30,45,75,77,80, del acuerdo 029/12/12/2013 por el cual se adoptó y se reglamentó el reglamento estudiantil de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia. (UNAD)
Artículo 76. Plazo para la opción de grado, el termino máximo para terminar la opción de grado será de 12 meses calendario, subsiguiente al proceso del término de los procesos académicos básicos para el nivel de los grados y posgrados, superando este tiempo, si el estudiante decide reingresar deberá someterse a las condiciones vigentes en el programa y materias del plan de estudios y exigencias académicas
Parágrafo 1. para el desarrollo de la opción de grado en los plazos señalados en el articulo anterior el estudiante debe pagar los derechos pecuniarios de las opciones de grado correspondientes a cada periodo académico ordinario.
Parágrafo 2. Si vencido el plazo, el estudiante no finaliza su opción de grado, tendrá que pagar el valor de dos créditos académicos como condición de continuidad académica y el derecho del acompañamiento docente para su desarrollo el plazo se mantiene por un plazo de 5 años.
SI
NO
SI
NO
SI
N O
Entrega de notas e informe del diplomado de profundización realizado por el instituto de educación superior a la UNAD