se devuelve la demanda y contestaciòn para que subsane dentro del término de 5 días las deficiencias que le señale el auto proferido por el juez
Juez ordena traslado a la parte demandada
10 días hábiles para contestar
Notificado el demandado
Emplazamiento
Cuando no es notificado, se le designará un curador para la litis
al contestar la demanda, podrá proponer la reconvención. Art: 75 y 76 CPTSS
Admite
Rechaza
La demanda podrá ser reformada por una sola vez, dentro de los días 5 siguientes al vencimiento del término del traslado de la inicial o de la de reconvención, si fuere el caso.
Audiencia obligatoria de conciliación, decisión de excepciones previas, saneamiento y fijación del litigio
la cual deberá celebrarse a más tardar dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de notificación de la demanda