JUSTICIA TRIBUTARIA COMO PRINCIPIO
CONSTITUCIONAL EN EL ESTADO SOCIAL DE
DERECHO
LOS TRIBUTOS EN EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO
LA JUSTICIA TRIBUTARIA COMO PRINCIPIO CONSTITUCIONAL
LA JUSTICIA TRIBUTARIA DESDE LA ÓPTICA DE LA PONDERACIÓN DE DERECHOS
LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD EN LA MATERIALIZACIÓN DE LA JUSTICIA TRIBUTARIA EN COLOMBIA
LA JUSTICIA Y LOS PRINCIPIOS TRIBUTARIOS DE CARÁCTER CONSTITUCIONAL EN LOS FALLOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
La calidad de vida
Dignidad humana
Gobernanza
Democracia
El sistema presupuestario
La justicia tributaria
la idea de justicia
La Corte Constitucional
Los sistemas jurídicos
Los principios
Configuración de un sistema tributario con el mayor grado de justicia posible,
Construcción de un contenido de justicia desde la óptica de la justicia tributaria para:
En el desarrollo normativo se encuentra en la necesidad del recaudo tributario de los países denominados en vías de desarrollo como Colombia
En Sentencia C-397 de 2011 expuso que la justicia y la equidad son esencia del Estado social de derecho
Principio que convoca los demás principios y normas del sistema tributario
Debe ajustarse al desarrollo mismo del hombre y sus pretensiones sociales
Son abiertos a causa de la vaguedad del lenguaje del derecho y de los conflictos entre normas y existencia de casos no regulados
Deben priorizarse de acuerdo con una jerarquía de valores
Se debe posibilitar, entender y perfilar un contenido del principio de justicia tributaria formal y material
Soluciòn de casos de colisión de principios
Cimentar posiciones y decisiones
Argumentar derechos como principios
Para procurar el derecho financiero y tributario se ha centrado en definir cuál es la mejor estructura tributaria que permita volver eficiente el recaudo
Para contribuir con equidad y justicia al desarrollo económico se debería contemplar siempre que la mejor estructura tributaria, es la que satisface los fines y se solventa en la Constitución Política
Concepto de origen económico que se inscribe alrededor de la sustentabilidad, pero con extensión a múltiples campos
Fundamental en el Estado social de derecho, por lo que la jurisprudencia constitucional resalta su triple dimensión material
Autonomía
intangibilidad de los bienes no patrimoniales, integridad física e integridad moral (vivir sin humillaciones)
Condiciones materiales
Proceso en que interactúan el Estado, el mercado y la sociedad civil para tomar decisiones, coordinar y llevar a cabo la dirección y el gobierno en pro y para la comunidad.
Proceso que permite la sostenibilidad de las finanzas públicas según la disponibilidad y el uso adecuado de los recursos.
Arte de gobernar con el objetivo de un desarrollo economico , social y duradero
Principio de eficiencia
Principio de equidad
Principio de progresividad
Relación costo-beneficio en consideración a dos aspectos: Económico Y Social.
Generar mecanismos de control efectivos.
Incentivar el uso del sistema financiero.
Dar condiciones para la formalización empresarial.
Propender a la seguridad y la eficiencia de la administración y el contribuyente, conectándolos con el deber de contribuir y la concreción de los principios tributarios del artículo 363 de la Constitución Política.
Todas las personas son iguales ante la ley y el Estado promoverá condiciones para la igualdad real y efectiva para grupos con debilidad manifiesta, la Sentencia C-291 de 2015,
La igualdad es un principio universal de protección, que en el derecho tributario limita el ejercicio de la potestad legislativa del legislador.
La igualdad, la equidad y la justicia tributaria son fundantes de la igualdad de trato e igualdad diferenciada justificada y es base de la idea de justicia tributaria.
Es un criterio de ponderación en la distribución de cargas y beneficios o la imposición de gravámenes entre los contribuyentes para evitar cargas excesivas o beneficios exagerados, es decir que no consultan la capacidad económica del sujeto pasivo respecto de la naturaleza y el fin del tributo.
El CREE fue creado con la Ley 1607 de 2012 y se incorporó en el artículo 241 del Estatuto Tributario. El CREE es un tributo de destinación específica (complemento del impuesto de renta) para aliviar las cargas tributarias de los empleadores, cuyos recursos se destinan a financiación del Sistema de Seguridad Social Integral.
consulta la modificación de la situación económica de un grupo de personas frente a otras (Sentencia C-397 de 2011). En Colombia el impuesto sobre la renta tiene múltiples sistemas para la depuración
Renta ordinaria (artículo 26 del Estatuto Tributario.
Renta presuntiva (artículo 188 del Estatuto Tributario)
Renta por comparación patrimonial (artículo 236 del Estatuto Tributario).
Sistema presuntivo obligatorio de base gravable mínima para personas naturales (impuesto mínimo alternativo nacional para empleados artículo 333 del Estatuto Tributario).
Sistema de determinación simplificado y definitivo (impuesto mínimo alternativo simple para trabajadores por cuenta propia —artículo 337 del Estatuto Tributario).