es una causal de ausencia de responsabilidad, contemplada en el articulo, 32, numeral 9 del codigo penal
segun Herbert Lionel Adolphus Hart ¨no toda responsabilidad tiene una sancion y no toda sancion, viene de una conducta propia, que le haya generado una responsabilidad¨
el miedo insuperable: requiere la existencia de un pavor o pánico que altere la psiquis o provoque un trastorno anímico intenso, anulándose la voluntad y la consciencia a virtud del terror invencible.
corresponde a un profundo e imponderable estado emocional ante el temor por el advenimiento de un mal, el cual conduce al agente a obrar
y este se consuma cuando:
una situacion en el ambiente de un sujeto, no le permite actuar de la manera mas adecuanda, sino de aquella, en la que el mismo ambiente lo conduce a actuar
miedo insuperable Diferencias con la insuperable coacción ajena
la corte suprema de justicia define el termino miedo insuperable, de la siguiente manera
miedo: es la perturbacion angustiosa del animo, por un riesgo o daño real, o imaginario
El término insuperable: ha de entenderse como aquello superior a la exigencia media de soportar males y peligros.
no puede admitirse un miedo insuperable, cuando se está ante una situación perfectamente controlable por un ciudadano común
por lo tanto
segun lo explicado, para que el miedo tenga eficacia como eximente de responsabilidad, tiene 4 elementos esenciales que son:
1) Existencia de profundo estado emocional en el agente por el temor al advenimiento de un mal.
2) Miedo insuperable, es decir solo aquel que no le deja al sujeto ninguna posibilidad de actuar como lo haría el común de los hombres.
3) El miedo ha de ser el resultante de una situación capaz de originar en el ánimo de la persona una situación emocional de tal intensidad que aunque no excluye totalmente la voluntariedad de la acción, sí enerva la fuerza compulsiva necesaria para autodeterminarse.
4) El miedo debe ser producto de estímulos ciertos, graves, inminentes y no justificados
se diferencia de la insuperable coaccion ajena porque en esta, el acto de violencia moral irresistible, es generado por otra persona, causando un hecho ajeno a la voluntad del agente, que lo obliga a ejecutar algo que no quiere.
en la insuperable coaccion ajena: el agente se ve amenazado por un tercero, que lo violenta, fisicamente o moralmente. en pocas palabras es cuando es forzado y obligado a hacer algo en contra de su voluntad
diferencias
en el miedo insuperable: cuando el agente se encuentra en una situacion, que no puede controlar por el miedo