Investigaciones dando Cumplimiento a Disposiciones Judiciales.
Son proceso para realizar las diligencias investigativas.
Reconocimiento del Lugar, Huellas, Señales, Armas, Objetos e Instrumentos.
Reconocimiento de Evidencias.
Oficial coordinador de fiscalías de la Policía Judicial.
Oficial coordinador de fiscalías.
El investigador policial.
El investigador policial.
Procedimientos Generales de Investigación Policial.
Anteriores a la comisión del delito.
Posterior al cometimiento del delito.
Investigador policial.
Procedimientos y protocolos.
Coordinará con el denunciante o perjudicado para determinar el lugar exacto donde se suscitaron los hechos.
De ser un lugar abierto.
Fijará fotográficamente la escena, verificará si en el lugar existen cámaras de seguridad pública y privadas.
Solicitará facilite las evidencias inmersas en el proceso realizará la fijación fotográfica y descripción detallada de la misma.
Recibirá vía oficio la disposición de la Autoridad competente.
Leerá la denuncia y desinara un investigador policia.
Receptará las diligencias Judiciales conforme lo establece el Art. 444.
lugar cerrado sin acceso.
Se fijará fotográficamente las calles de referencia y el lugar donde se presume se cometió el acto delictivo.
El investigador policial.
Receptará las versiones libres y voluntarias de la víctima y de las personas que presenciaron el hecho.
Toma de Versiones.
El investigador policial.
Coordinará con la víctima o afectados, a quien determinara fecha y hora para que se acerquen a la PJ.
Para receptar la versión.
Se solicitará la cedula de ciudadanía y se verificará que la persona no se encuentre bajo los efectos del alcohol o sustancias sujetas a fiscalización.
Necesita de una tercera persona, se coordinará con fiscalía para que sean ellos los que tomen la versión.