DOCENTE: IESD MANUEL MENDOZA IBARRAESTADO: QUINTANA ROOINSTITUCION: CENTRO DE SERVICIOS ACADEMICOS INTEGRALES DEL COLEGIO DE BACHILLERESFECHA: 05 DE NOVIEMBRE DEL 2015
En la revisión de la Ley General del Servicio Profesional
Docente (LGSPD) dentro de los Títulos 2
y 3, tenemos las siguientes deducciones:
Ley General del Servicio Profesional Docente
Caption: : Describir en que consisten los Títulos y capitulos de la Ley General del Servicio Profesional Docente.
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Capitulo 1.- En este apartado nos mencionan los propósitos del
servicio, así como de las funciones de los funcionarios de la educación básica y
media superior para brindar una educación de calidad, reuniendo las cualidades
personales y competencias profesionales para el máximo logro de los educandos.
(Art. 12 al art 14).
Capitulo 2.- En este apartado nos mencionan los aspectos a mejorar
en la práctica profesional de los docentes y al avance continuo de la escuela,
para tener un mejor servicio con los recursos necesarios. (Art. 15 al art 20).
Capitulo 3.- En este apartado nos mencionan las formas para poder
ingresar al servicio en la educación básica,
así como de media superior, el cual está regido por concurso de oposición y
sujetas a convocatorias aprobadas por la secretaria de educación. (Art. 21 al
art 25).
Capitulo 4.- En este apartado nos mencionan como es que la promoción
a cargos con funciones de dirección y de supervisión en la educación básica y
media superior se llevara a cabo mediante concursos de oposición, los cuales
tienen utilizaran los perfiles, parámetros, indicadores e instrumentos de evaluación
definidos por la ley. (Art. 26 al art 33).
Capitulo 5.- En este apartado nos mencionan la promoción de la función,
el cual pretende generar incentivos al personal docente en el ejercicio de sus
funciones, así mismo nos menciona el proceso de cómo obtener estas promociones.
(Art. 34 al art 40).
Capitulo 6.- En este apartado nos mencionan las otras promociones
en el servicio, tales como cursos de inducción, asignación de horas
adicionales, así mismo nos menciona el proceso de cómo obtener estas
promociones. (Art. 41 al art 44).
Capitulo 7.- En este apartado no menciona acerca del reconocimiento,
cumplimiento o del buen destacamento en el servicio, y del cual estos programas
son: reconocer y apoyar al docente en lo individual, considerar incentivos
temporales, ofrecer mecanismo de desarrollo profesional. Estos reconocimientos
son bilaterales tanto para el docente como para los directivos o supervisión. (Art. 45 al art 51).
Capitulo 8.- En este apartado nos mencionan los parámetros de
permanencia en el servicio, tales como obligatoria, con determinada
periodicidad, certificación, así mismo nos menciona las oportunidades y
mecanismos para que el personal insuficiente pueda regularizarse en un
determinado tiempo según la ley. (Art.
52 al art 54).
Capitulo 1.- En este apartado nos mencionan los perfiles, parámetros, indicadores que la
secretaria de educación propone para la educación básica, ya sea para nuevo ingreso,
promoción, permanencia y reconocimiento.
(Art. 55).
Capitulo 2.- En este apartado nos mencionan los perfiles, parámetros, indicadores que la
secretaria de educación propone para la educación media superior, ya sea para nuevo
ingreso, promoción, permanencia y reconocimiento. (Art. 56).
Capitulo 3.- En este apartado nos mencionan los procedimientos para
la definición y autorización de los perfiles, parámetros e indicadores, ya sea
para la educación básica o media superior, en el cual nos menciona el proceso y
seguimientos, así como de las responsabilidades de las autoridades. (Art. 57 al art 58)