-Es la ventaja económica que recibe
el trabajador por su trabajo- Puede ser: todo en dinero o parte
en dinero y parte en especie- Puede ser por hora, por jornal, por
semana, por quincena, por mes, por rendimiento
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¿Cuándo me tienen que pagar?
Depende:
ØSi
soy trabajador mensual
o por quincena: en los 5 primeros días hábiles del mes
ØSi
trabajo por semana
o en changas:
el mismo día que termine el trabajo
Importante:
siempre exigir recibo
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A tener en cuenta:
•No
importa lo que digan los papeles, me deben pagar por lo que realmente hago •A
igual trabajo IGUAL salario SIN DIFERENCIAS DE NINGUN TIPO•Igual
patrón – igual tipo de trabajo: NUNCA me pueden rebajar el sueldo
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Jornada laboral limitada
La jornada laboral es de 8
horas
(excepto para los menores y quienes tengan trabajos insalubres) si trabajo más
me deben pagar horas extras.
Atención:
TENGO
DERECHO A DESCANSAR DURANTE LA JORNADA LABORAL
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Descanso semanal:
ØRurales
o industria: 24 hs. continuas ØComercio:
36 hsØAdministrativos:
48 hs.Ø¿Es
pago el descanso semanal? Jornaleros: NOMensuales: SI
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¿y los feriados?
•No
laborables: si no trabajo cobro
igual
1
de enero1
de mayo18
de julio25
de agosto25
de diciembre•Laborables:
Si es mensual – cobra trabaje o no Si es jornalero – cobra solamente si trabaja
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horas extras:
Son las que sobrepasan la jornada laboralMáximo: 8 hs extras por semana¿Cómo se pagan?Un 100% más que la hora común
- Pero si trabajo una hora extra en
día feriado no laborable o en mi día de descanso se paga un 150% más
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Licencia:
Nace
desde el 1º día de trabajo.
Tengo derecho a 20 días de licencia por año
trabajado.
Cada 4 años de trabajo genero 1 día más.
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A tener en cuenta:
•Me
pueden fraccionar la licencia
•Siempre
que hay licencia hay SALARIO VACACIONAL, es el dinero que recibe por cada día
de licencia. Se debe pagar ANTES de
salir de licencia.•Por
cada falta injustificada me pueden descontar días de licencia
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Aguinaldo (S.A.C.):
•¿Cuándo
se paga? En junio y en diciembre •SIEMPRE
se tiene derecho al aguinaldo•¿Cuánto
es? Cada pago es un poco menos que el salario de una quincena•¿Cómo
se calcula? Se tiene que sumar todo lo recibido en los 6 meses anteriores al
pago del aguinaldo y se lo divide entre 12.
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¿Y si mis derechos no se cumplen?
•Puedo
y DEBO reclamar
•¿A
dónde? Si hay un sindicato acudir allí, si no lo
hay recurro a un abogado y a la Oficina de Trabajo más cercana.•¿Tengo
algún plazo para hacer el reclamo? Si, antes que pasen 2 años desde que mi patrón no me pagó lo que reclamo