La contemplación de la racionalidad legislativa desde la perspectiva de la teoría de la argumentación jurídica puede resultar especialmente fecunda en el Estado constitucional, y ello porque dicha teoría puede suministrar un modelo de razonamiento adecuado para la producción de leyes racionales a la luz de la Constitución; leyes que no se conciben como mera expresión de la desnuda voluntad del poder, sino como el producto de una actividad sujeta a reglas procedimentales y sustantivas.
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