Created by Sem Sandoval R.
6 months ago
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Question | Answer |
Sentencia definitiva (158 inc. 2° CPC) | Es sentencia definitiva la que pone fin a la instancia, resolviendo la cuestión o asunto que ha sido objeto del juicio |
Sentencia interlocutoria de la primera clase o grado (art. 158 inc. 3° 1a parte CPC) | Es sentencia interlocutoria la que falla un incidente del juicio, estableciendo derechos permanentes a favor de las partes |
Sentencia interlocutoria de la segunda clase o grado (art. 158 inc. 3° 2a parte) | Es la que resuelve sobre algún trámite que debe servir de base en el pronunciamiento de una sentencia definitiva o interlocutoria. |
Auto (art. 158 inc. 4 CPC) | Es la que falla un incidente sin establecer derechos permanentes a favor de las partes |
Decreto, providencia proveído (art. 158 inc. final CPC ) | el que, sin fallar sobre incidentes o sobre trámites que sirvan de base para el pronunciamiento de una sentencia, tiene sólo por objeto determinar o arreglar la substanciación del proceso. |
"Providencias de mera substanciación" (art. 70 inc. 2° COT) | Se entienden por providencias de mera sustanciación las que tienen por objeto dar curso progresivo a los autos, sin decidir ni prejuzgar ninguna cuestión debatida entre partes. |
"derechos permanentes" | derechos que, una vez firme la resolución, se mantienen vigentes y eficaces para los litigantes, quienes pueden invocar la titularidad de los mismos en su beneficio. |
Incidente (arts. 82 y ss. CPC) | Toda cuestión accesoria al juicio que requiere un pronunciamiento especial del tribunal |
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