La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, define como residuos peligrosos a todos aquellos residuos que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables y biológico-infecciosas, que representan un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente
Clasificación de los residuos peligrosos biológico-infecciosos
La sangre y los componentes de ésta, sólo en su forma líquida, así como los derivados no comerciales, incluyendo las células progenitoras, hematopoyéticas y las fracciones celulares o acelulares de la sangre resultante.
La sangre
Los cultivos y cepas de agentes biológico-infecciosos
Los cultivos generados en los procedimientos de diagnóstico e investigación, así como los generados en la producción y control de agentes biológico-infecciosos.
Los patológicos
Los tejidos, órganos y partes que se extirpan o remueven durante las necropsias, la cirugía o algún otro tipo de intervención quirúrgica, que no se encuentren en formol.
Las muestras biológicas para análisis químico, microbiológico, citológico e histológico, excluyendo orina y excremento.
Los residuos no anatómicos
Los recipientes desechables que contengan sangre líquida.
Los materiales de curación, empapados, saturados, o goteando sangre o cualquiera de los siguientes fluidos corporales.
Los materiales desechables que contengan esputo, secreciones pulmonares y cualquier material usado para contener éstos.
Los materiales desechables que estén empapados, saturados o goteando sangre, o secreciones de pacientes.
Los objetos punzocortantes
Los que han estado en contacto con humanos o animales o sus muestras biológicas durante el diagnóstico y tratamiento, únicamente: tubos capilares, navajas, lancetas, agujas de jeringas desechables, agujas hipodérmicas, de sutura, de acupuntura y para tatuaje, bisturís y estiletes de catéter, excepto todo material de vidrio roto utilizado en el laboratorio, el cual deberá desinfectar o esterilizar antes de ser dispuesto como residuo municipal.
Identificación y envasado
Se deberán separar y envasar todos los residuos peligrosos biológico-infecciosos, de acuerdo con sus características físicas y biológicas infecciosas,
Durante el envasado, los residuos peligrosos biológico-infecciosos no deberán mezclarse con ningún otro tipo de residuos municipales o peligrosos.