John Langshaw Austin (Lancaster, Reino Unido, 28 de marzo de 1911 - Oxford, 8 de febrero de 1960)
Primera conferencia
La distinción entre los enunciados constatativos y performativos
Los enunciados constatativos califican los enunciados que son sólo
verdaderos o falsos, sin que “hagan” algo. Al contrario, los enunciados
performativos no son ni ciertos ni falsos, ni la expresión de un
sinsentido. Pretenden “hacer” algo (apostar, casarse, etc) y necesitan a
menudo recurrir a un añadido a las propias palabras: es lo que Austin
llama el contexto situacional (o circunstancial).
Segunda conferencia
Cuando la acción cumplida por un enunciado performativo llega a buen
término, se llama afortunado. En el caso contrario, se llama desafortunado.
Esos conceptos de enunciados performativos afortunado o desafortunado se
oponen a los enunciados constatativos, que son verdaderos o falsos.
Todas las circunstancias que provocan la no-realización del acto son llamadas “infortunios”. Austin
los clasifica según las condiciones a cuya vulneración corresponden.
Tercera y cuarta conferencias
Llegado a este punto, Austin se da cuenta de que los enunciados constatativos dependen también
de circunstancias, y a menudo son las mismas que para los performativos. Por ello, debe buscar
otros criterios para diferenciar los constatativos de los performativos.
Quinta conferencia
Selecciona el criterio gramatical: “Nos sentiríamos inclinados a decir que toda expresión
que es en realidad un realizativo tendría que ser reducible, expansible o analizable de
modo tal que se obtuviera una forma en la primera persona singular del presente del
indicativo en la voz activa (gramatical)."
Sexta y séptima conferencias
Si no hay criterios gramaticales, y tampoco pruebas infalibles que permitan diferenciar sin
ninguna duda los performativos de los constatativos, hay que “comenzar de nuevo”,6
planteando las preguntas fundamentales: Es menester que reconsideremos de un modo
más general los sentidos en que decir algo puede ser hacer algo, o en que al decir algo
hacemos algo
Octava conferencia
Resuelve sus planteamientos anteriores dividiendo los actos de habla en tres categorías:
El acto ilocutivo
El acto locutivo
El acto perlocutivo
Novena conferencia
En esta conferencia, subraya la necesidad de distinguir el acto ilocutivo “al decir tal cosa
lo estaba previniendo”, del acto perlocutivo “porque dije tal cosa lo convencí, o lo
sorprendí o lo contuve”. Entonces, examina las consecuencias de los dos actos, y
deduce que la diferencia esencial que existe entre ellos es que el acto ilocutivo es un
acto convencional, mientras que el acto perlocutivo no lo es.
Por ello, la distinción se queda
confusa, porque puede ser difícil
de definir dónde empiezan y
acaban las convenciones.
Décima conferencia
Tiene en cuentas dos formulas
lingüísticas: “al decir x estaba
haciendo y” o “hice y”, que
corresponde a los actos ilocutivos,
y “porque dije x hice y” o “estaba
haciendo y”, que corresponde a
los actos perlocutivos. Aunque
este test no sea todavía suficiente
para distinguir los dos actos,
puede ayudar.
Undécima conferencia
Llegado a este punto, se
encuentra confrontado al
problema de la distinción
inicial entre los enunciados
constatativos y
performativos, que no es
valida ya, porque el uno y el
otro no tienen en cuenta el
acto lingüístico total.
Duodécima conferencia
Acaba por establecer una taxonomía de los
diferentes valores que pueden adoptar los
verbos de un acto ilocutivo: los judicativos
(absolver, condenar, etc.), los ejercitativos
(degradar, mandar, etc.), los compromisorios
(prometer, hacer voto de, etc.), los
comportativos (disculparse, agradecer, etc.) y
los expositivos (afirmar, negar, etc.).