RESPONSABILIDAD MÉDICA EN PROCEDIMIENTOS QUIRURGICOS

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Para ello, se analizan: (i) los elementos tradicionales que configuran la responsabilidad civil; (ii) la disyuntiva entre la naturaleza contractual o extracontractual de la responsabilidad médica; y (iii) el controvertido asunto de la carga probatoria, tanto en materia de culpa (o falla del servicio) como en materia del nexo causal entre aquélla y el daño.
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RESPONSABILIDAD MÉDICA EN PROCEDIMIENTOS QUIRURGICOS
  1. 1. ELEMENTOS QUE CONFIGURAN LA RESPONSABILIDAD CIVIL
    1. (i) La culpa, el hecho ilícito o antijurídico
      1. La culpa o negligencia ha sido definida como el error de conducta en el cual no habría incurrido una persona prudente en las mismas circunstancias que el autor del daño, o como la falta de previsión del resultado dañino previsible, o como la confianza imprudente en poder evitarlo
      2. (ii) el daño que afecta un interés ajeno.
        1. Daño: artículo 1494 del Código Civil, que hace alusión al “hecho que ha inferido injuria o daño a otra persona”.
          1. -Antijurídico -Anormal -Excepcional
        2. El nexo causal
          1. Este elemento es el vínculo que une, por una parte, la conducta del agente causante, y por la otra, el daño.
        3. 2. RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL
          1. La primera se presenta por la violación de las convenciones pactadas en un contrato y la segunda por violación general del principio de no causar daño a terceros.
            1. Para que se configure la responsabilidad contractual se exige la existencia de un contrato previo –escrito o verbal- entre el profesional tratante y el paciente, del cual emanen las obligaciones que serán luego incumplidas
              1. Responsabilidad por el hecho propio
                1. Responsabilidad por el hecho ajeno
            2. 3. CARGA DE LA PRUEBA
              1. Obligación de medio o de resultado
                1. Prueba de la culpa
                  1. 1. Régimen de las actividades peligrosas
                    1. 3. Régimen de culpa probada
                      1. 2. Presunción de culpa, nunca del nexo
                        1. 4. Carga dinámica de la prueba
                        2. Prueba del nexo
                          1. sistemas de aligeramiento probatorio y el recurso a la prueba indiciaria sólo procede cuando la complejidad de los conocimientos científicos y tecnológicos impidan obtener la prueba que demuestre su existencia de manera directa y cierta “presunción de causalidad”
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