Registra el valor de las deudas a favor del ente económico, y a cargo de la casa matriz originadas en la
facturación, cobro o liquidación de los ingresos u operaciones directamente realizadas con ésta, sin
que se haya celebrado contrato de cuenta corriente, en cuyo caso se deberá registrar en la
cuenta 1310 -Cuentas Corrientes Comerciales.
DÉBITO
a. Por el valor de la facturación proveniente
de la venta de los productos o la prestación
de servicios.
b. Por el valor girado como préstamo.
c. Por el valor de las notas débito bancarias
por concepto de devolución de cheques.
d. Por el valor de los giros efectuados
a terceros por concepto de pagos por
cuenta de la casa matriz.
e. Por el ajuste por diferencia en cambio
que resulte al cierre del período sobre
saldos expresados en moneda extranjera.
CRÉDITO
a. Por el valor de los dineros recibidos como abonos ya
sean parciales o totales, por venta de productos,
prestación de servicio o de cancelación de préstamos.
b. Por el valor de las notas crédito, emitidas por el
ente económico por concepto de devolución de
productos.
c. Por el ajuste por diferencia en cambio que resulte
al cierre del período sobre saldos expresados en
moneda extranjera.