Es una institución del gobierno federal, autonoma,
tripartita (estado, patrones y trabajadores) dedicada
a brindar servicios de salud y seguridad social a la
población que cuente, con afiliación al propio
instituto, llamada entonces asegurados y
derechohambientes.
El régimen obligatorio comprende
los seguros de:
I. Riesgos de trabajo;
II. Enfermedades y
maternidad;
III. Invalidez y vida;
IV. Retiro, cesantía en
edad avanzada y
vejez, y V. Guarderías y
prestaciones sociales.
Los patrones están obligados a:
Registrarse e inscribir
a sus trabajadores en
el Instituto, comunicar
sus altas y bajas
Llevar registros,
tales como
nóminas y listas de
raya
Determinar las
cuotas obrero
patronales a su
cargo y enterar
su importe al
Instituto
Permitir las
inspecciones y visitas
domiciliarias que
practique el Instituto
Los patrones tendrán el derecho a descontar
del importe de las prestaciones contractuales
que deben cubrir directamente
Los avisos de baja de
los trabajadores
incapacitados
temporalmente para el
trabajo, no surtirán
efectos para las
finalidades del Seguro
Social, mientras dure el
estado de incapacidad
Los documentos, datos e informes que los
trabajadores, patrones y demás personas
proporcionen al Instituto, serán estrictamente
confidenciales y no podrán comunicarse o darse
a conocer en forma nominativa e individua
LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA
VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT)
El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores es
una institución mexicana tripartita donde participa el sector obrero, el
sector empresarial y el gobierno. Su función principal es otorgar créditos
a los trabajadores para la obtención de una vivienda y brindar
rendimientos al ahorro que está en el Fondo Nacional de Vivienda para
las pensiones de retiro
El patrimonio del Instituto se integra:
I.- Con las aportaciones en numerario, servicios y subsidios que
proporcione el Gobierno Federal; II.- Con las cantidades y comisiones que
obtenga por los servicios que preste, los cuales se determinarán en los
términos de los reglamentos respectivos; III.- Con los montos que se
obtengan de las actualizaciones, recargos, sanciones y multas; IV.- Con los
bienes y derechos que adquiera por cualquier título, y V.- Con los
rendimientos que obtenga de la inversión de los recursos a que se refiere
este artículo. Las aportaciones de los patrones a las subcuentas de
vivienda son patrimonio de los trabajadores
El Instituto tiene por objeto:
I.- Administrar los recursos del Fondo
Nacional de la Vivienda;
II.- Establecer y operar un sistema de financiamiento que
permita a los trabajadores obtener crédito barato
III.- Coordinar y financiar programas de
construcción de habitaciones destinadas a ser
adquiridas en propiedad por los trabajadores