TEMA 9-LA ORGANIZACION
INSTITUCIONAL DE LAS
COMUNIDADES AUTONOMICAS
ORIGEN Y
EVOLUCION
REGIMEN DE PRE-AUTONOMIAS
Descentralización administrativa
> traslado de competencias de
diputaciones provinciales a
nuevos entes autonómicos
Instaurado por DL 29 septiembre/77
primero en exclusiva para Cataluña y
posteriormente para todas las CCAA
excepto Cantabria, La Rioja y Madrid)
PROCESO CONSTITUYENTE
MAYOR DESACUERDO:
Organización territorial del
Estado (Título VIII)
Discusión sobre
descentralización política
Alcance político del
Estado central
Competencia política
de los territorios
RASGOS CONSTITUCIONALES
UNIDAD
España es una
única nación, solo
hay un Estado.
DERECHO A LA
AUTONOMIA
MODELO
TERRITORIAL MIXTO
SISTEMA DE ACCESO
VIA ORDINARIA
ART. 143 CE por medio del cual CCAA
que asumen competencias de art. 148
(de CCAA), deben esperar 5 años para
asumir competencias de art. 149 (del
Estado).
VIA ESPECIAL
ART. 151 CE donde CCAA pueden asumir las
competencias del 148 y 149 sin tener que esperar el
transcurso de 5 años: VALENCIA, PAIS VASCO,
ANDALUCIA, NAVARRA y CATALUÑA (plesbicitaron su
estatuto de autonomía desde el principio).
Pregunta concreta /
desarrollo
principio dispositivo > no existe territorio que
no sea CCAA, no existe ninguna provincia que
no sea CCAA: o está unida a otra CCAA o es
una sola provincia que a su vez es CCAA.
AUTONOMIA
PROVINCIAL Y
MUNICIPAL
(art. 137 y ss.)
NO SE ESTABLECE, se reconoce
el derecho a la autonomía de
las nacionalidades y regiones
que la integran.
ORGANIZACION
INSTITUCIONAL
ASAMBLEA LEGISLATIVA
(UNICAMERAL - 4 años)
FUNCIONES
LEGISLATIVA
REPRESENTATIVA
IMPULSO Y CONTROL DE LA
ACCION POLITICA Y GOBIERNO
OTRAS
SISTEMA DE ELECCION
(LEY ELECTORAL DE CA
LOREG 5/85)
SUFRAGIO
UNIVERSAL
LIBRE
SECRETO
IGUAL
DIRECTO
CIRCUNCRIPCION
PROVINCIAL
EXCEPCIONES
Murcia y Asturias (infraprovincial)
Baleares y Canarias (insular)
Madrid, La Rioja y
Cantabria (autónoma)
DISTRIBUCION DE
ESCAÑOS
DIRECTA
MIXTA
SISTEMA D{HONDT
BARRERA MINIMA (3%, 5%)
SUFRAGIO
ACTIVO
ESTATUTOS DE LOS
PARLAMENTARIOS
REQUISITOS
Declaración de
Actividades
Promesa y
Juramento
Credencial
de Electo
PRIVILEGIOS
Inviolabilidad
Inmunidad
Fuero Especial
PRESIDENTE
AUTONOMICO
INVESTIDURA
Formalización
de propuesta
Programa, debate
y votación
FUNCIONES
Representativas
Dirección de gobierno
autonómico
Nombra el Rey con
refrendo del Pres. de
Gno.
GOBIERNO Y
ADMINISTRACION
AUTONOMICA
COMPOSICION
Presidente
Consejeros
Vicepresidente o
Consejero 1o.
FUNCIONES
Dirección política
Administrativa
Potestades
normativas
RESPONSABILIDAD
TRIBUNALES SUPERIORES
DE JUSTICIA
ADMINISTRACION
DE JUSTICIA
NATURALEZA
JURIDICA
ORGANIZACION Y
ESTRUCTURA
OTROS ORGANOS
CONSULTIVOS
DEFENSORES DEL
PUEBLO
SINDICATURAS, AUDIENCIAS Y
TRIBUNALES DEL CUENTAS
NUEVAS INSTITUCIONES
Pregunta tipo test
TERRITORIAL
(España)
No es un Estado unitario
centralizado.
No es un Estado federal
Continua mutabilidad (pérdida de
normatividad constitucional:
creación por el T.C. de la categoría
de “Bloque de
constitucionalidad”).
jurídicamente compuesto,
políticamente descentralizado y en
necesidad de reconocimiento
constitucional
BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD: Art. 28.1 LOTC :
Conjunto de preceptos constitucionales y legislativos
que, dentro del marco de la CE, se hubieran dictado
para delimitar las competencias del Estado y las
diferentes CCAA o para regular o
armonizar el ejercicio de las competencias de éstas.
DESAROLLO DEL
MODELO
AUTONOMICO
PACTOS
POLITICOS
1981
1992
REFORMAS
Declaración de Barcelona:
Nueva redistribución del
poder político
PROPOSITOS
DELIMITACION
DE
COMPETENCIAS
FUERZA
POLITICA
ORGANOS
DE
GOBIERNO
JUDICIAL
DESCONCENTRADOS
DEL
CGPJ