Maíz en grano

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Elaborado por Abad Quiroz Olenka (2019)
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Maíz en grano
  1. REGIÓN 3: NORMA TÉCNICA ECUATORIANA NTE INEN 187:95
    1. REQUISITOS ESPECÍFICOS: 1. El maíz en grano al momento de la recepción debe cumplir con los requisitos que a continuación se describen y los que se establecen: a) Humedad: 13% mínimo y 30% máximo b) Impurezas: 10% máximo c) Quebrados: 5% máximo d) Dañados: Calor (2,0% máximo), hongos (2,0% máximo), insectos (2,0% máximo) y otras causas (1,5% máximo) 2. El maíz en grano tendrá como máximo el 0,5% de granos germinados. 3. No se aceptará más del 5% de granos de otros colores, cuando se trate de maíz amarillo y de otros colores en tanto que para el caso de maíz blanco no se aceptará más del 2% de maíz de otros colores.
    2. CODEX STAN 153-1985
      1. Factores de calidad – específicos: a) Contenido de humedad: 15,5 % m/m máximo Para determinados destinos, por razones de clima, duración del transporte y almacenamiento, deberían requerirse límites de humedad más bajos. b) Materias extrañas: Son los componentes orgánicos e inorgánicos que no sean maíz; granos rotos, otros granos y suciedad. c) Suciedad: Son las impurezas de origen animal (incluidos insectos muertos) 0,1 % m/m máximo. d) Semillas tóxicas o nocivas: La crotalaria (Crotalaria spp.), la neguilla (Agrostemma githago L.), el ricino (Ricinus communis L.), el estramonio (Datura spp.) y otras semillas, son comúnmente reconocidas como nocivas para la salud.
      2. NTP 205.008:2009
        1. Requisitos de calidad para maíz en grano: a) Granos dañados: 5% máximo b) Granos partidos: 3% máximo c) Materias extrañas: 2% máximo d) Peso hectolítrico: 72% kg/hl máximo e) Metales pesados: El maíz deberá estar exento de metales pesados en cantidades que puedan expresar un peligro para la salud humana
        2. REGIÓN 1: NORMA TÉCNICA MEXICANA NMX-FF-034-1995
          1. ESPECIFICACIONES: Todos los grados de calidad y clases incluidas en esta Norma, deben cumplir con las siguientes especificaciones: a) Olor: El característico al grano de maíz sano, seco y limpio. En ningún grado de calidad se permite el maíz que se presente olores de humedad, fermentación, rancidez, enmohecido o cualquier otro olor extraño. b) Humedad: La clasificación del maíz puede realizarse con diferentes niveles de humedad, sin embargo se considera que el contenido de humedad adecuado para permitir el manejo, conservación y almacenamiento del maíz, es del 14%.
          2. REGIÓN 2: NORMA TÉCNICA CHILENA NCh 1758.Of2002
            1. REQUISITOS: El maíz grano no podrá presentar las siguientes condiciones que impiden su comercialización para consumo humano: a) Olores objetables como rancio, fermentado, enmohecido u otros. b) Ataque visible y presencia de insectos vivos dañinos para el grano, como gorgojos u otros. c) Pelos de roedores u otros animales. d) Más de una excreta sólida de roedores u otros animales, por cada 2 kg de maíz en grano seco. e) El producto no deberá contener elementos contaminantes, residuos de plaguicidas, micotoxinas u otros, en cantidades superiores a las autorizadas en las disposiciones vigentes del Servicio Agrícola y Ganadero. f) Humedad: 25% máximo g) Impurezas: 4,5% máximo h) Grano partido: 12% máximo i) Grano dañado y dañado por calor: 9% máximo
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