Definición Del Acto Administrativo: Es la decisión general o especial que, en
ejercicio de sus funciones, toma la autoridad administrativa, y que afecta a derechos, deberes e
intereses de particulares o de entidades públicas.
Clasificación de los Actos Administrativos
Annotations:
- Según sus efectos
- Según su contenido
- Según la
manifestación de voluntad
- Según su impugnabilidad
.- Según su ejecución
- Según sus
efectos - Según
su contenido
-Según la
manifestación
de voluntad
-Según su
impugnabilidad
- Según su
ejecución
Annotations:
- Según sus efectos
- Según su contenido
- Según la
manifestación de voluntad
- Según su
impugnabilidad
.- Según su ejecución
.- Los Actos Administrativos según sus efectos:
Actos Administrativos
de efectos generales y
de efectos particulares:
Actos Administrativos de
Efectos Generales
son aquellos de contenido
normativo, es decir, que crean
normas que integran el
Ordenamiento
actos administrativos
de efectos particulares
son aquellos que contienen una
decisión no normativa, sea que se
aplique a un sujeto o a muchos
sujetos de derecho
Art. 13 LOPa ¨que un acto administrativo de carácter particular no puede vulnerar lo establecido en una
"disposición administrativa de carácter general¨
Annotations:
Por tanto, puede decirse que, en el
artículo 13 de la Ley está la clave para clasificar los actos administrativos,
según su contenido o efectos según que sean normativos o no normativos,
identificándose los actos de efectos generales, es decir, de contenido o
carácter general, con los actos normativos, y en consecuencia los actos de
efectos particulares o de contenido o carácter particular, con aquellos que no
tienen contenido normativo.
Actos Administrativos generales e individuales:
Annotations:
Esta distinción estimamos que se acoge en el artículo 72 de
la Ley Orgánica al exigirse que también sean publicados en la Gaceta Oficial de
la República de Venezuela, aquellos actos administrativos que interesen a un
número indeterminado de personas, que no sean necesariamente actos normativos
o de carácter general. Es decir, esta norma establece indirectamente la
diferencia entre el acto de efectos generales o de contenido normativo y el
acto general, el cual aun cuando pueda no tener contenido normativo, interese a
un número indeterminado de personas. En estos casos, el acto es general porque
interesa a un número indeterminado de personas, y no porque tenga
necesariamente un contenido normativo. Por supuesto, también el acto general
no normativo, puede tener por destinatarios a un número determinado de personas
.
actos administrativos generales
aquellos que interesan a una pluralidad de sujetos de derecho, sea formado por un número
indeterminado de personas o un número determinado
actos administrativos individuales
aquellos que interesan a un solo sujeto de derecho.
Los Actos Administrativos según su contenido
Actos definitivos y actos de trámite
acto Definitivo pone fin al asunto administrativo
acto de trámite: no pone fin al
procedimiento ni al asunto,
sino que, en general, tiene
carácter preparatorio. los
Artículos 9, 62 y 85 LOPA
según la manifestación de voluntad
actos administrativos expresos y tácitos
Artículo 18, debe ser expresa y formal,
conteniendo el acto una serie de requisitos que
deben manifestarse por escrito.
acto administrativo expreso formalizado según el Artículo 18.
la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos en el Artículo 4, consagra el acto
administrativo tácito de contenido negativo, derivado del transcurso del tiempo, es decir, del
silencio administrativo. Solo en Sentido Negativo, nunca en sentido positivo o Originario de
Obligaciones o derechos
Los actos administrativos según su impugnabilidad
Actos Firmes y No Firmes
Acto Firme
acto firme, es el acto que ya no puede
ser impugnado por las vías ordinarias de
recurso, y sobre el cual el único recurso
que cabe, es el recurso de revisión
Acto No Firme
puede ser impugnado, sea por
vía administrativa a través de los
recursos administrativos
regulados en el Artículo 85 y
siguientes
En ese sentido, el Articulo 97 de la Ley, al regular el recurso de revisión, señala que éste sólo procede contra los actos administrativos firmes, es decir, contra aquellos que no fueron
impugnados en su oportunidad, y que vencidos los lapsos de impugnación, son actos administrativos inimpugnables.
Los actos administrativos según su ejecución
acto material de ejecución-acto administrativo formal
Artículo 78 de la Ley, en efecto, habla de actos materiales de ejecución que puedan menoscabar o
perturbar los derechos de los particulares, los cuales no pueden realizarse sin que exista
pre-viamente un acto administrativo que sirva de fundamento a dichos actos materiales
Acto Administrativo Formal: Aquel que basta el
mero Acto para cumplir con su ejecución.
Ejemplo: La Carta de Nacionalidad
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.