—res— todo objeto del mundo
exterior que puede producir
alguna utilidad al hombre
res extra commercium
eran las cosas que estaban fuera del comercio
por derecho humano:
res communes,
uso es común a todos los hombres,
como el aire, el agua corriente, el mar y
la costa del mar
res publicae
pertenecen al pueblo romano considerado como un
ente jurídico, como las carreteras, los puertos, los ríos,
los edificios públicos y las calles de la ciudad.
por derecho divino:
Las res sacrae
los terrenos, edificios y objetos consagrados al culto
res in commercium
cosas que estaban dentro del comercio
Clasificación:
1. Res mancipi y res nec mancipi 2. Cosas
inmuebles y cosas muebles 3. Cosas corporales
e incorporales 4. Cosas divisibles e indivisibles
5. Cosas principales y accesorias 6. Cosas
fungibles y no fungibles 7. Cosas consumibles y
no consumibles
POSESIÓN
Poder de hecho que una persona ejerce sobre
una cosa, con la intención de retenerla y
disponer de ella como si fuera propietario.
corpus
poder físico que la persona ejerce sobre la cosa
REUNIÓN DE AMBOS ELEMENTOS
NECESARIOS PARA ADQUIRIR
POSESIÓN
animus possidendi
la intención o voluntad del sujeto de poseer
la cosa
CLASES DE POSESIÓN
JUSTA
se adquiere sin perjudicar a un anterior poseedor
INJUSTA
al adquirirla se dañó a otro poseedor
BUENA FE
cuando el poseedor cree tener derecho a la posesión
con el transcurso del tiempo puede
convertirse en propietario, por usucapión
MALA FE
cuando sabe que no lo tiene, como es el caso del ladrón
jamás se convierte en propietario; además, debe
devolver todos los frutos y sólo tiene derecho a
recuperar los gastos necesarios.
INTERDICTOS:
Protección posesoria -
Interdicta retinendae possessionis En este grupo de interdictos
que se utilizaban para retener la posesión
. Interdicto uti possidetis servía para conservar o
retener la posesión de bienes inmuebles.
nterdicto utrubi este interdicto se usaba para
conservar la posesión de bienes muebles.
Interdicta recuperandae
possessionis
Interdicto unde vi Este interdicto servía en los casos en que se era desposeído por la fuerza, esto
es, violentamente, de un inmueble.
Interdicto de clandestina possessione Este interdicto se daba contra la desposesión oculta y
maliciosa de un inmueble.
PROPIEDAD
Facultad de gozar y disponer de una cosa con las modalidades y limitaciones que fijan las leyes