En el capitulo V dedicado al sector salud, se encuentra la
simplificación de 25 procesos entre ellos, la presentación del
carnet de la EPS para recibir servicios de saludo la definición de
tiempos para la entrega de la historia clínica, la cual deberá ser
recibidas por el solicitante en un termino de 5 días.
REGISTRO ÚNICO NACIONAL DEL TALENTO HUMANO EN SALUD (RETHUS).
Los datos de la tarjeta profesional de salud se consultara por medio del
registro único nacional de talento humano en salud (Rethus), los
profesionales en la salud se deberán inscribir en un plazo no mayor a 6
meses a partir de la expedición del decreto.
HABILITACIÓN DE PRESTADORES DE SALUD.
Las nuevas instituciones prestadoras de
servicios de salud como urgencias, alta
complejidad y Oncología, para poder
ofertarlos y controlarlos, debe de cumplir
con la verificación de condiciones de
habilitación expedida por la secretaria de
salud departamental o distrital.
RECLAMACIONES O COBROS ANTE DEL ADRES.
Cualquier tipo de cobro que deba atenderse con
cargo a los recursos de la ADRES distinto a los que
tengan origen en recobros por servicios y
tecnologías no financiadas con la unidad de pago
por capitación o reclamaciones, se debe presentar
al ADRES termino máximo de 1 año contando a
partir de la fecha que se genera la obligación del
pago.
LOS TRAMITES POR SOAT.
Para los accidentes de
transito que no cuenten con
el SOAT vigente o no
identificados serán
atendidos por las IPS y estas
generan el cobro
correspondiente a la EPS ya
sea contributivo o
subsidiado al que
pertenezca la persona
afectada. Empezara a regir a
las 4 meses siguientes de
dicho decreto.ADRES
continuara con conociendo
las indemnizaciones por
incapacidad permanente,
muerte y gastos funerarios
de los accidentes de transito
ocasionados por vehículos
no asegurados por el SOAT o
no identificados.
COBRO DE LICENCIAS DE MATERNIDAD.
El reconocimiento de licencias de
maternidad y paternidad pagadas por
la EPS, se deberá requerirse antes la
ADRES en un termino máximo de 1 año
contado a partir de pago del aporte o
de la licencia al aportante.
INVIMA. Esta institución sera la
que otorgue los permisos de
comercialización de los
desfibriladores externos
automaticos y las secretarias
departamentales o distritales de
salud, serán las encargadas de
registrar, verificar y controlar el
cumplimiento de las disposiciones
sobre estos equipos.
CAMBIOS EN LICENCIAS PARA CANNABIS.
Se busca que la licencia de la producción
de derivados del cannabis con fines
medicinales y científico se tranfiera del
ministerio de salud al INVIMA, quien
expedirá las licencias que permita
exportar e importar, producir y fabricar.
SOLICITUD DE REGISTROS SANITARIOS DE MEDICAMENTOS NUEVOS.
Para obtener el registro sanitario de los medicamentos nuevos se
deberá seguir el siguiente tramite
1_ las evaluaciones farmatologica,
farmaceutica y legal se tramitarán e un solo
radicado forma simultanea cumpliendo con
los requisitos y condiciones establecidas.
2_ El INVIMA evaluara las solicitudes en un
termino no mayor a 3 meses de
anterioridad al vencimiento del registro
sanitario.
AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTES DE TEJIDOS A EXTRANJEROS NO RESIDENTES.
Este decreto ha dispuesto que se prohíbe la prestación de servicios de trasplante
de órganos y tejidos a extranjeros no residentes en el territorio nacional, salvo
que el receptor sea cónyuge o compañero permanente.