Compraventa civil y mercantil. Pública y privada.
Judicial extrajudicial Común, ordinaria y especial.
Voluntaria y necesaria
El Contrato de Compraventa Internacional con arreglo a la Convención de las Naciones Unidas sobre
los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías
Artículo 133 Constitucional. Convención de Viena.
Ley pactada del país.
Es un contrato por el cual un comprador se obliga a pagar a otro llamado vendedor de productos
intermedios o finales o mercancías (dos empresas) de dos países a un precio determinado.
CARACTERISTICAS
Bilateral. Real. Formal
TIPOS
Los incoterms: FCA.- Libre Transportista. FAS.- Franco al costado del
buque. FOB.- Franco a bordo. CFR.- Coste y flete. CIF.- Coste, seguro y flete.
CPT.- Transporte pagado hasta lugar de destino. CIP.- Transporte y seguro
pagados hasta. DAF.- Entregada en frontera. DES.- Entregada sobre buque.
DEQ.- entregada en muelle. DDU.- entregada derechos no pagados. DDP.-
entregada derechos pagados.
El Contrato de Préstamo Mercantil. La Apertura de Crédito en sus diversas
modalidades
Arts. 358 – 370. Código de Comercio.
Código Civil.
Es un contrato por el cual un prestatario se obliga a utilizar y
devolver una cosa fungible de una prestamista quien la presta con
interés determinado en un momento determinado y con cierto
pago.
CARACTERISTICAS
Bilateral.
Real.
Formal.
TIPOS
Dinero. Títulos. Valores. Especie.
El Contrato de Transporte
Art. 576 – 604 del Código de Comercio. Ley Federal de
Caminos y Puentes. Art 66-67 de la Responsabilidad en el
Autotransporte de Carga.
Es un contrato por el cual una persona llamada porteador se obliga a trasladar por
tierra, agua, aire o fluvial personas, mercaderías o cualesquiera otros objetos,
mediante el pago de una remuneración (flete o porte) que le debe proporcionar el
cargador en a favor de una consignatario a quien va dirigida la carga o mercancías.