El Contrato de Consignación Mercantil o Contrato Estimatorio
Art 392 del Código de Comercio.
Es un contrato por el cual un consignante transmite la disponibilidad y no la propiedad de uno o varios
bienes muebles a otra determinada consignatario para que le pague un precio por ellos, venderlos en
término establecido o lo restituya en caso de no hacerlo.
Depósito. Venta. Venta bajo
condición suspensiva
El Contrato de Tiempo Compartido
Ley Federal del Consumidor.
Es un contrato por el cual por el cual se pone a disposición de una persona o grupo de personas, el
uso, goce y demás derechos que se convengan sobre un bien o parte del mismo, en una unidad
variable dentro de una clase determinada, por periodos previamente convenidos, mediante el pago de
alguna cantidad, sin que en ningún caso, se transmita el dominio de los bienes muebles e inmuebles
afectos al servicio.
CARACTERISTICAS
Formal.
Adhesión.
Oneroso.
TIPOS
Tiempo compartido en general.
El Contrato de Autofinanciamiento
Artículo 63 de la Ley de Protección al Consumidor.
Código de Comercio. Secretaría de Economía
Es un contrato por el cual un empresario (concedente) se obliga
a otorgar a otro llamado concesionario la distribución de
productos o servicios, con la utilización de marcas a un precio
con ventajas indirectas que son rendimientos.
Ley de Propiedad Industrial y la Ley Federal del Derecho de Autor.
Es un contrato por medio del cual una de las partes,
llamada proveedor transmite a otra que se denomina
receptora un conjunto de conocimientos organizados
para la producción industrial.