Autónomo o Emprendedor
de Responsabilidad Limitada
Son formas jurídicas
unipersonales donde el
empresario realiza bajo su
propio nombre una actividad
profesional.
Sociedad Civil (SC)
Esta puede ser
configurada de manera
sencilla a través de la
unión de dos o más
personas. No es necesario
contar con un capital
inicial
Comunidad de Bienes
Se trata de una asociación de
varias personas. No tienen
personalidad jurídica
independiente de la de los
socios.
Sociedad Colectiva
Existe bajo una razón
social y en la cual todos
los socios responden de
modo subsidiario,
ilimitada y
solidariamente, de las
obligaciones sociales.
Sociedad de
Responsabilidad Limitada
(SRL)
La responsabilidad
de los socios se ve
limitada al capital
aportado.
Sociedad Anónima
(S.A.)
Tiene personalidad
jurídica, su capital
es dividido y
representado por
acciones.
Sociedad
Comanditaria Simple
Es una sociedad de
carácter
personalista, en la
que coexisten socios
colectivos que
aportan trabajo y,
que pueden aportar
o no, capital.
Sociedad comanditaria
por acciones
Sociedad de
carácter
mercantil. Su
capital está
dividido en
acciones, que se
formará por las
aportaciones de
los socios.
Sociedad de Capital o
Industria
Está constituida por
uno o varios socios
que aportan capital
con los mismos
derechos y
obligaciones que los
integrantes de una
sociedad colectiva.
Sociedad Cooperativa
Constituida por personas que se
asocian para la realización de
actividades empresariales,
encaminadas a satisfacer sus
necesidades y aspiraciones
económicas y sociales con
estructura y funcionamiento
democrático.
Sociedad Laboral
Es una empresa
propiedad en su mayor
parte de sus
trabajadores. Son
empresas privadas
mercantiles que se
distinguen por
presentar un carácter
laboralista.