¿ QUIEN SE ENCARGA DE LOS PAGOS
DE LAS INCAPACIDADES ?
AUTORIDADES COMPETENTES
PARA ASUMIR EL PAGO.
3-180 DÍAS - EPS
1-2 DÍAS - EMPLEADOR
¿CUANTO PAGAN?
ENTRE LOS DÍAS 1-2
= AL EQUIVALENTE
DEL 100% DEL
SALARIO DIARIO
DEL TRABAJADOR
QUE HAYA SIDO
REPORTADO COMO
SU ULTIMO IBC.
Decreto 2943 de 2013,
establece a cargo de los
empleadores el pago las
prestaciones económicas
correspondientes a los
dos (2) primeros días de
incapacidad de origen
común
¿CUANTO PAGAN?
ENTRE LOS
DÍAS 3—90=
EL
TRABAJADOR
VA A RECIBIR
EL 66.66%
DEL ULTIMO
INGRESO
BASE DE
COTIZACIÓN
Artículo 121 Decreto –
Ley 019 de 2012, regula el
reconocimiento y pago de
las incapacidades médicas
otorgadas desde el día
tercero (3) hasta al ciento
ochenta (180), a cargo de
las EPS.
ENTRE LOS DÍAS 91- 180 LA NORMA
INDICA QUE SE DEBE PAGAR
AL EQUIVALENTE DEL 50%
DEL ULTIMO INGRESO BASE
DE COTIZACIÓN, SIEMPRE Y
CUANDO ESTE ULTIMO
INGRESO AL EFECTUAR LA
CONVERSION NO SEA
INFERIOR SALARIO MINIMO
MENSUAL LEGAL VIGENTE DE
IGUAL MANERA DEBE
EQUIPARARSE EL SALARIO AL
MINIMO DE LA EPOCA
181-540 DÍAS -
ADMINISTRADORA DE
FONDO DE PENSIONES
541 DÍAS - EPS
¿CUANTO PAGAN?
50% DEL ULTIMO
INGRESO BASE DE
COTIZACIÓN
Artículo 67 de la Ley
1753 de 2015,
referente a las
incapacidades que
superan los quinientos
cuarenta (540) días, a
cargo de las EPS.
¿CUANTO PAGAN?
50% DEL ULTIMO
INGRESO BASE DE
COTIZACIÓN (IBC)
Articulo 52 de la Ley
962 de 2005 regula el
pago de incapacidades
desde el día (181)
hasta un plazo de días
(540) a cargo de la AFP