Derecho al trabajo, Sujetos de la relación de trabajo, la relación de trabajo y sus beneficios, obligaciones trabajador - patrono, la tercerización y el contrato de trabajo.
Derecho al trabajo, Es un Derecho Humano Universal, en 1948 se incluye como derecho fundamental en la DHDH de las Naciones Unidas
EL PATRONO Y EL TRABAJADOR: Sujetos que intervienen en la relación de trabajo.
Art 35 LOTTT: El trabajador, persona natural que realiza una labor y recibe remuneración.
TIPOS SEGUN LOTTT: Dependiente Art 34. No dependiente Art36. De Dirección Art. 37. De Insp y Vigilancia Art.38
PATRONO: Art. 40 LOTTT: Persona natural o jurídica que
tenga bajo su dependencia uno o mas trabajadores en
virtud de una relación laboral en el proceso social de
trabajo.
El conjunto de beneficios que otorga la LOTT en su principio de protección
social: Retroactividad de Prestación, Protección a la familia - Permiso
posnatal/licencia de paternidad/inamovilidad, entre otros, reducción de
jornadas a 40h semanales, terminan despidos no justificados, utilidades y
vacaciones de 30 días, reducción del período de prueba, protección de
fuentes de trabajo, fin de la tercerización.
LAS OBLIGACIONES DEL PATRONO IMPUESTAS EN LA lA LOTTT son objeto de
sanciones y auditorias por parte del Ministerio del Poder Popular para el trabajo y la Seguridad Social, INSPSASEL, IVSS, INCES...
EXPUESTOS EN LOS Art. 164 y 167 LOTT , También en la LOPCYMAT,
y en el reglamento de la Ley Orgánica del trabajo Art 18
La LOTTT prohíbe la tercerización y la define como: "Simulación o
fraude cometido por patronos o patronas en General con el
propósito de desvirtuar, desconocer u obstaculizar la aplicación de
la legislación laboral".
ARTICULOS 55, 56 Y 57 DE LA LOTTT: Y es el acuerdo entre las partes en donde se establecen las
condiciones en las que el trabajador presta sus servicios en el proceso social de trabajo bajo la condición de dependencia.