¿Qué normas constituyen el régimen jurídico de protección de los derechos de los usuarios de los
servicios postales? El régimen jurídico de protección de los derechos de los usuarios de los servicios
postales está establecido principalmente en los artículos 24 y siguientes de la Ley 1369 de 2009 y la
Resolución 3038 de 2011 de Comisión de Regulación de Comunicaciones. Asimismo, será aplicable el
régimen general de protección al consumidor y sus normas complementarias en lo no previsto en
aquella.
¿Qué son los Servicios Postales? Los Servicios Postales consisten en el desarrollo de las actividades de
recepción, clasificación, transporte y entrega de objetos postales a través de redes postales, dentro del país
o para envío hacia otros países o recepción desde el exterior. Son servicios postales, entre otros, los
servicios de correo, los servicios postales de pago y los servicios de mensajería expresa.
¿Qué son los Servicio de Correo? El Servicio de Correo es el servicio postal prestado por el Operador Postal
Oficial o Concesionario de Correo y se dividen en:
Envíos de Correspondencia: es el servicio por el
cual el Operador Postal Oficial o Concesionario
de Correo recibe, clasifica, transporta y entrega
objetos postales, el cual se clasifica en
prioritarios y no prioritarios de correo de hasta
dos (2) kilogramos.
Envíos prioritarios de correo.
Envíos hasta 2 kg de peso
transportados por la vía más
rápida, sin guía y sin seguimiento
Envíos no prioritarios de correo. Envíos en
los cuales el remitente ha elegido una tarifa
menos elevada, lo que implica un plazo de
distribución más largo, sin guía y sin
seguimiento.
Encomienda. servicio obligatorio para el
Operador Postal Oficial o Concesionario de
correo, que consiste en la recepción,
clasificación, transporte y entrega no urgente,
de objetos postales, mercancías, paquetes o
cualquier artículo de permitida circulación en el
territorio nacional o internacional, con o sin
valor declarado, hasta un peso de 30 kg
Servicio de Correo Telegráfico: servicio
de admisión de telegramas y su
transmisión mediante el operador
habilitado para prestar el servicio de
telegrafía, y posterior entrega a un
destinatario de manera física.
A quiénes aplica el régimen de protección de los derechos de los usuarios de los servicios postales?
El régimen de protección de los derechos de los usuarios de los servicios postales aplica a las
relaciones surgidas entre los operadores y los usuarios de los servicios postales, en virtud del
ofrecimiento y prestación de esta clase de servicios. No será aplicable en aquellos casos en que se
presten servicios postales en los que las características del servicio y la totalidad de las condiciones
técnicas, económicas y jurídicas han sido negociadas y pactadas de mutuo acuerdo entre las partes
del contrato. En ese sentido, cuando el operador postal sea el que imponga, a través de un contrato
de adhesión, algunas de las condiciones en que suministrará el servicio contratado, el usuario podrá
acudir a las normas que comprenden el régimen de protección de los derechos de los usuarios para
lograr el amparo de sus derechos.
¿Qué son los Servicios Postales de Pago? El
Servicio Postal de Pago Servicio es el servicio
mediante el cual se ordenan pagos o envíos
de dinero a personas naturales o jurídicas por
cuenta de otras. Se consideran servicios
postales de pago entre otros:
Giros Nacionales. Servicio
mediante el cual se ordenan
pagos a personas naturales
o jurídicas por cuenta de
otras, en el territorio
nacional, a través de una red
postal. La modalidad de
envío podrá ser entre otras,
física o electrónica.
Giros Internacionales. Servicio prestado
exclusivamente por el Operador Postal oficial o
concesionario de Correo, mediante el cual se envía
dinero a personas naturales o jurídicas por cuenta
de otras, en el exterior. La modalidad de envío
podrá ser, entre otras, física o electrónica.
Qué son los Servicio de Mensajería Expresa? El Servicio de Mensajería Expresa es el servicio postal
urgente que exige la aplicación y adopción de características especiales para la recepción,
recolección, clasificación, transporte y entrega de objetos postales hasta de 5 kilogramos.
1.Registro individual. Todo servicio de mensajería expresa debe tener un número de identificación
individual que cumpla las veces de admisión o guía. 2.Recolección a domicilio. A solicitud del cliente.
3.Curso del envío: Todo envío de mensajería expresa debe cursar, con una copia del recibo de
admisión adherido al envío. 4.Tiempo de entrega. El servicio de mensajería expresa se caracteriza
por la rapidez en la entrega. 5.Prueba de entrega: Es la constancia de la fecha, hora de entrega e
identificación de quien recibe. 6.Rastreo. Es la posibilidad de hacer un seguimiento al curso del envío
desde la recepción hasta la entrega
¿Quién es un usuario? Un usuario es toda persona natural o jurídica beneficiaria de la prestación de
un servicio postal, como remitente o destinatario.
¿Quién es un operador de servicios postales? Un operador de servicios postales es la persona
jurídica habilitada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones que ofrece al público en general servicios
postales, a través de una red postal
¿Quién es un Operador de Servicios Postales de Pago? Un Operador de Servicios Postales de Pago es
la persona jurídica, habilitada por el Ministerio para prestar servicios postales de pago.
¿Quién es un Operador de Mensajería Expresa? Un Operador de Mensajería Expresa es la persona
jurídica, habilitada por el Ministerio para ofrecer al público un servicio postal urgente con
independencia de las redes postales oficiales de correo nacional e internacional, que exige la
aplicación y adopción de características especiales para la recepción, recolección, clasificación,
transporte y entrega.
¿En qué consiste el suministro del servicio? El principio de suministro del servicio hace referencia a
la obligación de los operadores de servicios postales de prestar los servicios en forma eficiente,
óptima y oportuna, atendiendo los principios de trato igual y no discriminatorio y libre competencia.
¿Quién es un Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo? Un Operador Postal Oficial o
Concesionario de Correo es la persona jurídica, habilitada por el Ministerio de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones que mediante contrato de concesión, prestará el servicio postal
de correo y mediante habilitación, los servicios de Mensajería expresa y servicios postales de pago, a
nivel nacional e internacional.