resolucion 2674 del 2013

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http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30033811#:~:text=PERMISO%20SANITARIO.,con%20destine%20al%20consumo%20humane.
David Rodríguez
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resolucion 2674 del 2013
  1. Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer los requisitos sanitarios que deben cumplir las personas naturales y/o jurídicas que ejercen actividades de fabricación, procesamiento, preparación, envase, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de alimentos y materias primas de alimentos y los requisitos para la notificación, permiso o registro sanitario de los alimentos, según el riesgo en salud pública, con el fin de proteger la vida y la salud de las personas.
    1. ACTIVIDAD ACUOSA: Es aquella cantidad que adquiere un alimento para su crecimiento y la proliferación de microorganimos.
      1. LIMENTO. Todo producto natural o artificial, elaborado o no, que ingerido aporta al organismo humano los nutrientes y la energía necesaria para el desarrollo de los procesos biológicos
        1. ALIMENTO ADULTERADO
          1. Al cual se le ha sustraído parte de los elementos constituyentes, reernplazandolos o no por otras sustancias. Que haya sido adicionado con sustancias no autorizadas. Que haya sido sometido a tratamientos que disimulen u oculten sus condiciones originales y, Que por deficiencias en su calidad normal hayan sido disimuladas u ocultadas en forma fraudulenta, sus condiciones originale
          2. ALIMENTO AL TERADO. Alimento que sufre modificación o degradación, parcial o total, de los constituyentes que le son propios, par agentes físicos, químicos o biológicos
            1. ALIMENTO AL TERADO. Alimento que sufre modificación o degradación, parcial o total, de los constituyentes que le son propios, par agentes físicos, químicos o biológicos. Se incluye pero no se limita a: a) El cual se encuentre par fuera de su vida útil.
              1. ALIMENTO CONTAMINADO. Alimento que presenta o contiene agentes y/o sustancias extraías de cualquier naturaleza
                1. ALIMENTO DE MAYOR RIESGO EN SALUD PÚBLICA. Los alimentos que pueden contener microorganismos patógenos y favorecer la formación de toxinas
                  1. ALIMENTO DE MENOR RIESGO EN SALUD PÚBLICA. Los alimentos que tienen poca probabilidad de contener microorganismos patógenos
                    1. ALIMENTO DERIVADO DE UN ORGANISMO GENETICAMENTE MODIFICADO OGM. Alimento derivado en su totalidad o en una parte de un Organismo Geneticarnente Modificado.
                      1. ALIMENTO DE RIESGO MEDIC EN SALUD PÚBLICA. Los alimentos que pueden contener microorganismos patógenos, pero normalmente no favorecen su crecimiento debido a las características del alimento
                        1. ALIMENTO FRAUDULENTO
                          1. a) Se le designe o expenda con nombre o calificativo distinto al que le corresponde. b) Su envase, rotulo o etiqueta contenga diseño o declaración ambigua, falsa o que pueda inducir o producir engaño o confusión respecto de su composición intrínseca y uso. c) No proceda de sus verdaderos fabricantes o importadores declarados en el rotulo o que tenga la apariencia y caracteres generales de un producto legítimo
                          2. ALIMENTO PERECEDERO. El alimento que, en razón de su composición, características fisicoquímicas y biológicas, pueda experimentar alteración de diversa naturaleza en un tiempo determinado y que, por lo tanto, exige condiciones especiales de proceso, conservación, almacenamiento, transporte y expendio
                            1. AMBIENTE. Cualquier área interna o externa delimitada físicamente que forma parte del establecimiento destinado a la fabricación,
                              1. AUTORIDADES SANITARIAS COMPETENTES. Son autoridades sanitarias, el Institute Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA - y las Entidades Territoriales de Salud que, de acuerdo con la ley, ejercen funciones de inspección, vigilancia y control
                                1. BIOTECNOLOGIA MODERNA. Aplicación de técnicas in Vitro de ácido nucleico, incluidos el ácido desoxirribonucleico (ADN) recombinante y la inyección directa de ácido nucleico en células u orgánulos, o la fusión de células más allá de la familia taxonómica, que superan las barreras fisiológicas naturales de la reproducción o de la recombinación y que no son técnicas utilizadas en la reproducción y selección tradicional.
                                  1. BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA. Son los principios básicos y practicas generales de higiene en la manipulación, preparación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte y distribución de alimentos
                                    1. COMERCIALIZACION. Es el proceso general de promoción de un producto, incluyendo la publicidad, relaciones públicas acerca del producto y servicios de información, así como la distribución y venta en los mercados nacionales e internacionales.
                                      1. CONCEPTO SANITARIO. Es el concepto emitido por la autoridad sanitaria una vez realizada la inspección, vigilancia y control al establecimiento donde se fabriquen, procesen, preparen, envasen, almacenen, transporten, distribuyan, comercialicen, importen o exporten alimentos
                                        1. DESINFECCION - DESCONTAMINACION. Es el tratamiento fisicoquímico o biológico aplicado a las superficies limpias en contacto con el alimento con el fin de destruir las células vegetativas de los microorganismos que pueden ocasionar riesgos para la salud pública
                                          1. DISENO SANITARIO. Es el conjunto de características que deben reunir las edificaciones, equipos, utensilios e instalaciones de los establecimientos dedicados a la fabricación, procesamiento, preparación, almacenamiento, transporte y expendio con el fin de evitar riesgos en la calidad e inocuidad de los alimentos.
                                            1. EMBALAJE. Elementos que permiten proteger los envases primarios de las influencias externas y lograr un mantenimiento y almacenamiento adecuados. Incluye los envases secundarios y terciarios.
                                              1. ENVASE PRIMARIO. Artículo que está en contacto directo
                                                1. eNVASE SECUNDARIO. Artículo diseñado para dar protección adicional al alimento contenido en un envase primario
                                                  1. ENVASE TERCIARIO. Articulo diseñado para facilitar la manipulación y el transporte de varias unidades de envases primarios o secundarios para protegerlos
                                                    1. EQUIPO. Es el conjunto de maquinaria, utensilios, recipientes, tuberías, vajillas y dornas accesorios que se empleen en la fabricación, procesamiento, preparación, envase, fraccionamiento, almacenamiento, distribución, transporte y expendio de alimentos y sus materias primas.
                                                      1. EXPENDIO DE ALIMENTOS. Es el establecimiento destinado a la venta de alimentos para consumo humano
                                                        1. FABRICA DE ALIMENTOS. Es el establecimiento en el cual se realiza una o varias operaciones tecnológicas, ordenadas e higiénicas, destinadas a fraccionar, elaborar, producir, transformar o envasar alimentos
                                                          1. HIGIENE DE LOS ALIMENTOS. Todas las condiciones y medidas necesarias para asegurar la inocuidad y la aptitud de los alimentos en cualquier etapa de su manejo.
                                                            1. INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS. Es la garantía de que los alimentos no causaran daño al consumidor cuando se preparen y consuman
                                                              1. iNFESTAClÓN. Es la presencia y multiplicación de plagas que pueden contaminar o deteriorar los alimentos
                                                                1. INGREDIENTES PRIMARIOS. Son elementos constituyentes de un alimento o materia prima para alimentos
                                                                  1. INGREDIENTES SECUNDARIOS. Son elementos constituyentes de un alimento o materia prima para alimentos, incluidos los aditivos alimentarios
                                                                    1. INSUMO. Comprende los ingredientes, envases y embalajes de alimentos.
                                                                      1. LIMPIEZA. Es el proceso o la operación de eliminación de residuos de alimentos u otras materias extrañas o indeseables.
                                                                        1. LOTE. Cantidad determinada de unidades de un alimento de características similares fabricadas o producidas en condiciones esencialmente iguales que se identifican por tener el mismo código o clave de producción.
                                                                          1. MANIPULADOR DE ALIMENTOS. Es toda persona que interviene directamente, en forma permanente u ocasional, en actividades de fabricación, procesamiento, preparación, envase, almacenamiento, transporte y expendio de alimentos.
                                                                            1. MATERIA PRIMA. Son las sustancias naturales o artificiales, elaboradas o no, empleadas por la industria de alimentos para su utilización directa, fraccionamiento o conversión en alimentos
                                                                              1. MEDIO DE TRANSPORTE. Es cualquier nave, aeronave, vagón de ferrocarril o vehículo de transporte por carretera que moviliza mercancías,
                                                                                1. NOTIFICACION SANITARIA. Numero consecutivo asignado por la autoridad sanitaria competente, mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica para fabricar alimentos
                                                                                  1. VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA DE LAS ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR ALIMENTOS. Es el conjunto de actividades que les permite a las autoridades competentes, la recolección de información permanente y continua, su tabulación, análisis e interpretación. Del mismo modo, le permite tomar una serie de medidas conducentes a prevenir y controlar las enfermedades transmitidas por alimentos y los factores de riesgo relacionados con estas, la divulgación y evaluación de/ sistema empleado para este fin.
                                                                                    1. SUSTANCIA PELIGROSA. Es toda forma de material que durante la fabricación, manejo, transporte, almacenamiento o uso puede generar polvos, humos, gases, vapores, radiaciones o causar explosión, corrosión, incendio, irritación, toxicidad, u otra afección que constituya riesgo para la salud de las personas o causar daños materiales o deterioro del ambiente.
                                                                                      1. http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30033811#:~:text=PERMISO%20SANITARIO.,con%20destine%20al%20consumo%20humane.
                                                                                        Show full summary Hide full summary

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