Tanto empresas públicas o
privadas deben tener control
sobre los recursos financieros
que manejan. En el caso del
gobierno mexicano cuenta
con el Sistema Nacional de
Fiscalización para tal fin y para
ello se apoya de la Auditoria
Superior de la Federación
(ASF) para fiscalizar dichos
recursos, UnADM, IPN, BUAP.
(Julio de 2021) La ASF se
norma por leyes y estatutos
las cuáles son:
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos
Interrelación con ASF: Es la que regirá tanto las políticas, la
organización de los tres poderes, los deberes y derechos
de cada uno de los ciudadanos, y también impone las
sanciones a quienes la pasen por alto. De esta penden
todas las demás leyes entre ellas las que rigen a la ASF en
nuestro país. La conocemos como nuestra Carta Magna la
cual se promulgó el 05 de febrero de 1917 siendo esta
unareforma de la constitución del 05 de febrero de 1857
Ejemplificación:En su artículo73° apartado XXIX-H define
las sanciones de delitos administrativos a las que se
pueden ser acreedoreslos servidores públicos. Dichas
sanciones corresponde dictar el fallo al Tribunal Federal
de Justicia Administrativa. De igual forma en su art.
79°capítulo establece las sanciones a las que se harán
acreedores los órganos que son fiscalizados si no
entregan en los plazos correspondientes sus informes
solicitados por la ASF.
Campo de acción:en el título cuarto de la CPEUM hace referencia a las
“Responsabilidades de los Servidores Públicos”en sus artículos 108 al
114, (exceptoel artículo 111°) las responsabilidades que estos tienen
en materia administrativa, política, penaly civil en el cumplimiento de
sus funciones como servidores públicos al estar en sus cargos y los
recursos que usen del Estado. Por tanto la CPEUM será en dónde se
establezcan dichas responsabilidades en las leyes que de ellas
deroguen y será el responsable de vigilar que se cumplan. CPEUM
(2020, págs.109-114).
Argumento del campo de acción:en el artículo 73°se faculta a la ASF
para que emita las reglas y leyes correspondientes en cuanto a la
gestión de los entes públicos y en el artículo 74°se faculta a la Cámara
de Diputados para que a través de la ASF se haga revisión de la cuenta
pública y el establecimiento de los plazos que tendrá la ASF para la
entrega del informe del resultado de la “Fiscalización Superior de la
Cuenta Pública”. CPEUM (2020, pág. 78 parr.1 y 2). En su artículo 79° la
ASF en uno de sus campos de acción se faculta a la ASF para solicitar y
revisar la Cuenta Pública de ejercicios anteriores.
Ley de Fiscalización y Rendición
de Cuentas de la Federación
Interrelación con ASF: esta Ley fue publicada el18 de julio
del año 2016y su objetivo es reglamentar losartículos 73°,
74° y 79°de la CPEUM en lo que se refiere al control de la
Cuenta Pública, su manejo, distribución y el uso que se le
dan a los recursos federales, los cuáles serán auditados
por la ASF. (Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas,
pág. 1., 2016)
Ejemplificación:en el artículo 10° fracción VII menciona
que en caso que un servidores público niegue, falseen
información u obstaculicen el ejercicio de fiscalización de
la ASF se le impondrán multas, así como sanciones
administrativas y penales.(Ley de Fiscalización y Rendición
de Cuentas, pág. 6, párr. 6, 2016).
Campo de acción:esta ley está prevista para
cumplir con la responsabilidad de aplicar las
formulas, la ministración, y saber cuál es el
destino y ejercicio de los recursos públicos
provenientes de la entidad federal, estatal y
municipal así como de todo tipo de operaciones
que involucren recursos públicos federales.
Argumento del campo de acción:en su artículo 2°específicalos
rubros de la cuenta pública que serán sujetos a fiscalización como
lo es los ingresos, egresos y la deuda pública. En su artículo
14°,capítulo I, hace ver que “la fiscalización de lacuenta pública
tiene por objeto evaluar los resultados de la gestión financiera”. En
elartículo 17°de esta Ley hace quedan asentadas lasatribuciones
que tiene la ASF al realizar la fiscalización de la cuenta pública. (Ley
de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, 2016).
Ley General de Contabilidad
Gubernamental
Interrelación con ASF: fue publicada en el DOF el día 31 de
diciembre de 2008 y su última reforma fueel 30 de enero de
2018. Su objetivo “establecer los criterios generales que
regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de
información financiera de los entes públicos, con el fin de
lograr su adecuada armonización” para poder ser auditada
por ASF (Ley de Contabilidad Gubernamental, 2018, art. 1,
párr. 1)
Ejemplificación: si se omite esta Ley o existe el
incumplimiento de la misma van a ser sancionados de
acuerdo a lo que dicte la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos o bien su
equivalente a nivel estatal u otras leyes que de ellos emanen
(Ley de Contabilidad Gubernamental, 2018, art. 84°, párr. 1),
estas penas van de dos a siete años de prisión y multas que
van de mil a quinientos mil veces el salario mínimo (Ley de
Contabilidad Gubernamental, 2018, art.86°).
Campo de acción: la responsabilidad de todos los niveles de
gobierno aplicar y llevar una contabilidad armonizada en lo
que se refiere a sus “activos, pasivos, ingresos y gastos en
general, contribuir a medir la eficacia, economía y
eficiencia del gasto e ingresos públicos”. (Ley de
Contabilidad Gubernamental, 2018, art.2°, párr. 1.)
Argumento del campo de acción: en el artículo 42° menciona que la contabilización de las cuentas
presupuestarias y contables deberá apegarse a los lineamientos de fiscalización que emite la ASF esto de
acuerdo a la última reforma de esta Ley que fue en enero del año 2018. El artículo 82° de esta ley deja claro que
será papel de la ASF vigilar que la información que proporcionen los estados y municipios en cuanto al ejercicio y
destino de los recursos públicos verificar que efectivamente les hayan sido otorgados. En su artículo 83° la ASF
deberá dar información de la programación de sus auditorías respecto al uso que se le dio a los recursos públicos
federales, dicha información será entregada a los diversos niveles de gobierno que están sujetos a la
fiscalización. (Ley de Contabilidad Gubernamental, 2018, pág. 30, párr.5.)
Ley General de
Responsabilidades
Administrativas
Interrelación con ASF: Fecha de publicación en DOF 18 Julio 2016
Última reforma: 19 noviembre 2019 Tiene por objeto establecer
las responsabilidades, acciones y obligaciones administrativas
de los Servidores Públicos en el manejo de los recursos públicos
los cuáles tiene que entregar cuenta de ello a la ASF(Ley General
de Responsabilidades Administrativas, 2019 art. 1°)
Ejemplificación: si se llega a cometer faltas administrativas no graves las Secretarias
de los Órganos internos de control impondrán sanciones que prescribirán a los tres
años, estas podrían ser amonestación pública o privada, inhabilitación, suspensión o
destitución del cargo. Para faltas administrativa graves estas prescribirán en siete
años, estas sancionas igual van en la destitución o inhabilitación del cargo que
podrías ser desde 30 días naturales o hasta 10 años, así como el pago de
indemnización hacia el nivel de gobierno que se haya cometido la falta. (Ley General
de Responsabilidades Administrativas, 2019 art. 74°, 75° y 78°)
Campo de acción: la responsabilidad de esta ley
será es vigilar que los servidores públicos se
apeguen la ley y que estos que ejerzan sus
obligaciones en el manejo de los recursos públicos
así como la entrega de informes sobre el uso de
estos e imponer las sanciones correspondientes en
caso de violar la Ley.
Argumento del campo de acción: En su artículo 9°, capítulo V, específica la facultad que le
corresponde a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura
Federal establecer e imponer las sanciones correspondientes a los servidores públicos que
violen esta ley. En su artículo 50° faculta a la ASF de notificar a los órganos fiscalizados o
particulares de realizar el reintegro de los recursos públicos que no les fueron asignados.
En el artículo 220° menciona que la ASF tiene la facultad de impugnar las resoluciones
definitivas que imponga el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, solicitando un
recurso de revisión. (Ley General de Responsabilidades Administrativas, 2019).
Ley General del Sistema
Nacional Anticorrupción
Interrelación con la ASF: publicada en el DOF el 18 de julio de 2016 con
el fin de “establecer las bases para la emisión de políticas públicas
integrales en el combate a la corrupción” y “establecer las directrices
básicas que definan la coordinación de las autoridades competentes
para la generación de políticas públicas en materia de prevención,
detección, control, sanción, disuasión y combate a la corrupción” para
entregar una cuenta pública a la ASF libre de corrupción. (Ley General
del Sistema Nacional Anticorrupción, 2016, art. 2°, fracción III, IV)
Ejemplificación: las sanciones que se impongan a los servidores
públicos por incumplimiento a esta Ley deberán quedar
registradas y será de conocimiento público con el fin de que en el
caso de que alguna autoridad requiera de sus servicios lo sepan y
estas queden inhabilitadas para ocupar nuevamente un cargo
público. (Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, 2016,
art. 52°, 53°)
Campo de acción: prevenir los hechos de corrupción de los
servidores públicos y con ello cuidar los recursos de la Nación y
al progreso de la misma al hacer trabajar con cualidades como
la honradez a los servidores públicos de la nación, y también a
todas las “autoridades competentes para la generación de
políticas públicas en materia de prevención, detección, control,
sanción, disuasión y combate a la corrupción”. (Ley General del
Sistema Nacional Anticorrupción, 2016, art. 2, fracción IV)
Argumento del campo de acción: en el artículo 4°, fracción VII, menciona que el Sistema
Nacional de Fiscalización coordinará a otros organismos con el fin de realizar las auditorias
gubernamentales correspondientes en los distintos niveles de gobierno. ASF está asentado
en su artículo 37° capítulo I, dónde se establece que uno de los integrantes del Sistema
Nacional de Fiscalización será la ASF. En el artículo 39° queda asentado lo siguiente: “El
Sistema Nacional de Fiscalización contará con un Comité Rector conformado por la
Auditoría Superior de la Federación.” (Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción,
2016)
Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria
Interrelación con la ASF: publicación 30 de marzo 2006,
última reforma en el DOF 19-11-2019. Regula los ingresos y
egresos federales en materia de programación,
presupuestación, aprobación, ejercicio, control y evaluación.
(Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria,
2019, art. 1°, párr. 1)
Ejemplificación: todos los servidores públicos que ejerzan el gasto y tengan
acceso a información reservada deberán guardar confidencialidad se les
impondrán sanciones de acuerdo a la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas. Las sanciones que se impongan por el incumplimiento de
esta ley se fijarán en cantidad líquida, se impondrán y exigirán
independientemente del tipo de responsabilidad que se tenga y de acuerdo a
lo que determinen las autoridades competentes. (Ley Federal de Presupuesto
y Responsabilidad Hacendaria, 2019, art. 108°, 116° 118°).
Campo de acción: todos los ejecutores del
gasto de los diversos niveles de gobierno
tienen la responsabilidad de administrar de
forma eficiente y eficaz os recursos públicos
que se les otorguen, así como de planear,
programar y presupuestar este siempre
apegados a las leyes que corresponda.
Argumento del campo de acción: artículo 1° párr.3 deja claro se la auditoria
fiscalizara apegado al cumplimiento de esta ley a los sujetos obligados de
acuerdo a las atribuciones que le confiere la CPEUM y la Ley Superior de la
Federación. En el Art. 49° se asienta que tanto la comprobación como la
información de los gastos se sujetarán a lo dispuesto por la ASF. En el art.
86° se coordinará la SHyCP con la ASF a fin de evaluar la aplicación
adecuada de los recursos públicos para rendir cuentas del gasto público de
una manera transparente.
Ley Federal de Procedimiento
Administrativo
Interrelación con la ASF: Publicada el 04 de agosto de
1994 y reformada y publicada en el DOF el 18-05-2018. Se
centra en la correcta administración publica centralizada
federal así como regular los actos y procedimientos
administrativos de los servidores públicos (LFPA, 2018,
art. 1°)
Ejemplificación: En caso de incumplimiento se aplicarán sanciones
que están establecidas en la Ley de Federal de Responsabilidades
de los Servidores públicos que van desde la inhabilitación del
desempeño de su cargo por un año, multas o arresto hasta por 36
horas. (LFPA, 2018, art. 70°, 70° A)
Campo de acción: establecer y dar a conocer con
claridad la forma en que deben actuar los
servidores públicos en todos y cada uno de los
procedimientos administrativos que se llevan a
cabo en los diversos órganos de gobierno.
Argumento del campo de acción: en el artículo 62° las autoridades administrativas podrán corroborar
que se están llevando a cabo lo dispuesto en la ley mediante visitas de verificación, estas pueden ser
ordinarias o extraordinarias. Art. 64° quienes sean objeto de la verificación deben permitir el libre
acceso y dar los informes que se les requieran por parte de los verificadores a fin de facilitar sus
labores. Art. 68°. Los verificadores una vez realizada su labor deberán elaborar un informe con las
observaciones con pruebas de lo que realizaron en dicha diligencia
Ley de Disciplina Financiera de las
Entidades Federativas y los
Municipios
Interrelación con la ASF: Expedida el 27 de abril de 2016 y reformada en
DOF el 30-01-2018. Tiene por objeto “establecer los criterios generales de
responsabilidad hacendaria y financiera que regirán a las Entidades
Federativas y los Municipios, así como a sus respectivos Entes Públicos,
para un manejo sostenible de sus finanzas públicas”. (Ley de Disciplina
Financiera de las Entidades Federativas y los municipios, 2018, art. 1°).
Ejemplificación: si algún municipio incumple los
convenios hechos con gobierno Federal, el
municipio no podrá adquirir deuda, incluso deberá
acelerar los pagos de deudas ya adquiridas (Ley de
Disciplina Financiera de las Entidades Federativas
y los municipios, 2018, art. 41°).
Campo de acción: dicha Ley tiene la responsabilidad de vigilar que
los tanto los presupuestos de ingresos i egresos de las entidades así
como de las participaciones Federales que se les entreguen no
exceden los gastos o las cantidades establecidas en el Presupuesto
de Egresos e ingresos de la Federación en el año fiscal que
corresponda. (Ley de Disciplina Financiera de las Entidades
Federativas y los municipios, 2018, art. 5°).
Argumento del campo de acción: art 8° en caso de que alguna entidad tenga la necesidad de
modificar su presupuesto deberá justificarlo con la fuente de ingresos distinta a las de
financiamiento. Art. 9° todo presupuesto debe tener un rubro destinado para el apoyo de la
población en casos de los siniestros de origen natural. Por último el art. 13° fracción queda
asentado que las entidades pueden comprometer sus recursos pero solo con el prepuesto
autorizado y que tengan las solvencia presupuestaria identificando su fuente de ingresos.
(Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los municipios, 2018)
Ley de Coordinación Fiscal
Interrelación con la ASF: Publicación: 27 diciembre
1978 Última reforma: 30 enero 2018 Tiene como fin
coordinar el Sistema Fiscal Federal con los demás
niveles de gobierno. (Ley de Coordinación Fiscal,
2018, art. 1)
Ejemplificación: Los gobiernos de las entidades estarán obligados de hacer público en
su periódico oficial las fórmulas, porcentajes y variables de las participaciones
recibidas y entregadas, y en caso de no cumplir con ello la SHyCP hará un listado de las
entidades que incumplieron y dichas entidades serán sancionadas de acuerdo a los
términos de las leyes en relación con las responsabilidades administrativas de los
servidores públicos. (Ley de Coordinación Fiscal, 2018, art. 6, pág. 32, párr. 3)
Campo de acción: A fin de que existe una coordinación fiscal de
todos los entes de gobierno y estas puedan recibir los
beneficios de las participaciones federales cada entidad se
deberá regir por los lineamientos de transparencia y
contabilidad gubernamental. Todo ello mediante convenios
entre la SHyCP y las entidades que soliciten unirse al Sistema
Nacional de Coordinación Fiscal. (Ley de Coordinación Fiscal,
2018)
Argumento del campo de acción: En su artículo 3° establece la obligación de la SHyCP hacer
entrega de la calendarización de entrega del monto que recibirá cada entidad y lo hará a
través del DOF. Art. 5° Todas las participaciones federales que reciban las entidades estarán
adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y estas serán deducidas por los
Fondos correspondientes. Art. 10°. Las entidades deberán adherirse al Sistema Nacional de
Coordinación Fiscal a fin de que puedan recibir las participaciones del gobierno Federal
mediante un convenio previamente autorizado. (Ley de Coordinación Fiscal, 2018)
Ley de Ingresos
Interrelación con la ASFP. Publicación 25 de noviembre 2020 Esta ley de
crea con el fin de establecer cuáles serán los rubros de ingresos de la
federación y autorizar al poder Federal por medio de la SHyCP para
ejercer dichos recursos para el año fiscal 2021, los cuáles
posteriormente serán sometidos a la fiscalización de la AFS. (Ley
Federal de Ingresos. 2020, art. 1° y 2°).
Ejemplificación: Las dependencias que formen parte de la Administración
Pública Federal deberán presentar un informe a la SHyCP describiendo la
razón y monto que recibieron, en caso de incumplimiento la Comisión
Nacional Bancaria y de valores emitirá sanciones a las entidades por el
incumpliendo de los plazos para entrega de informes o documentación que
les sea requerida las cuáles serán multas administrativas. (Ley Federal de
Ingresos. 2020, art. 22°).
Campo de acción: Será responsabilidad de esta ley
verificar que el recaudo federal se lleve de forma
eficiente y se ejerzan dichos recursos para los fines
establecidos y así el Gobierno Federal cumpla con
su labor de otorgar a la ciudadanía los servicios que
esta necesite.
Argumento del campo de acción: En su art. 2° se fundamenta que las participaciones
corresponderán al 20% esto sobre la obtención de los recursos Federales que obtenga el estado
en un año fiscal por concepto de sus impuestos. En el art. 3° se establece que la SHyCP tiene la
obligación de publicar en el DOF el calendario sobre cómo será la entrega, las fórmulas y las
variables que puedan existir a fin de establecer como debe entregar cada entidad federativa sus
informes sobre el uso de los recursos entregados por parte del Gobierno Federal. En el art. 8°
hace ver que las participaciones que se le otorgen a las entidades no pueden ser retiradas ni
retenidas como garantía en pago por otras deudas que pudiera tener alguna entidad. (Ley
Federal de Ingresos. 2020, art. 22°).
Reglamento Interior de la Auditoria
Superior de la Federación
Interrelación con la ASF. Publicado el 20 de enero de 2017 y reformado en
DOF 13-07-2018. Este reglamento determina qué es la ASF y cuáles son sus
funciones como órgano fiscalizador de las cuentas públicas, la observancia
y sanción de irregularidades detectadas, la aplicación correcta de las
fórmulas en la entrega de informes y saber cuál es el destino y ejercicio de
los recursos de las diversas entidades sujetas a auditorias. (Reglamento
Interior de la ASF, 2018)
Ejemplificación: La ASF al realizar las revisiones y auditorias de las entidades
sujetas a fiscalización y si encuentras fallos o inconsistencias en ellas, la ASF
deberá imponer las sanciones correspondientes a quienes sean los
responsables de dichas irregularidades, ya sean servidores públicos o las
mismas entidades auditadas y presentar las denuncias correspondientes
apegados a las leyes que de ellas emanen. (Reglamento Interior de la ASF,
2018, art. 5° fracc. XIX)
Campo de acción: su campo de acción se basa en
describir cuál es la responsabilidad de cada una de
las unidades de fiscalización y de sus servidores
públicos en las que se conforma la ASF para ejercer
su ejercicio como unidad fiscalizadora de la cuenta
pública.
Argumento del campo de acción: en su art. 2° establece cuáles
serán los campos en los que la ASF ejercerá su labor: la cuenta
pública, el establecimiento de fórmulas para la entrega de los
informes, detectar las irregularidades y saber el ejercicio y destino
de los recursos públicos entregados a las diferentes entidades
federativas sujetas a la