DIVISIÓN DE PODERES

Description

MAPA DE DEMOCRACIA
YANIRA MARICIELO RAMOS HUAMAN
Mind Map by YANIRA MARICIELO RAMOS HUAMAN, updated more than 1 year ago
YANIRA MARICIELO RAMOS HUAMAN
Created by YANIRA MARICIELO RAMOS HUAMAN over 3 years ago
7
0

Resource summary

DIVISIÓN DE PODERES
  1. Permite que la persona tenga libertad politica la cual es que pueda hacer todo lo que las leyes le permitan
    1. En principio ha tenido gran criticismo el que alega que provoca la división de la soberanía, atenta contra la unidad del estado, el poder de toma de decisiones no puede ser dividido. Sin embargo, los autores actuales que tienen la misma posición no tienen tanta oposición como antes
      1. A FAVOR: apoyan la división de poderes debido a la realidad social en la que se encuentran por lo que un gobierno moderado en el cual no exista la concentración de poderes en una sola persona, así se evitaría la tiranía ya que el PODER frena al PODER.

        Annotations:

        • Schmitt decía que la división de poderes busca que el poder detenga al mismo poder de manera mutua.
        1. LOCKE: "El gobierno debe tener el apoyo del pueblo ya que es una creación de este". Si el poder se ejerce sin someterse a las leyes sino por voluntad propia ahí es donde acaba la ley y empieza la tiranía. ABRE LA PUERTA A LA FILOSOFIA POLITICA DEL LIBERALISMO.
          1. MONTESQUIEU: a concentración de poderes produce un gobierno despótico mientras que por el contrario su separación produce equilibrio
            1. HUME: Esta idea esta dentro de la de Estado Ideal.
              1. FILOSOFOS
                1. CONSTITUCIÓN: Norma superior en jerarquía. "No hay mas constitución que la democrática la que establece que debe haber una división de poderes". El artículo 16 de la de la declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 asevera que «toda sociedad en la que la garantía de los derechos no está asegurada, ni determinada la separación de poderes, no tiene Constitución»

                  Annotations:

                  • LAS NORMAS CONSTITUCIONALES REQUIEREN DE UNA REFLEXION CULTURAL PARA PODER ENTENDERLAS Y DARLE FUNDAMENTO.
                2. ACTUALMENTE
                  1. Puede decirse que de Montesquieu y de los demás queda el espíritu que les alentaba a buscar la libertad pero ha muerto la organización que ellos diseñaron. O SE A TRANSFORMADO EN UNA DISTINTA. Ha desaparecido la sociedad liberalista sobre la cual fue pensaba la división de poderes para dar paso a una sociedad pluralista y un estado Intervencionista preocupado por el bienestar de sus ciudadanos
                    1. Actualmente Reino Unido es el único país donde no existe separación de poderes.
                      1. El equilibrio de poderes rara vez ha existido ni en la realidad de sus estados ni en sus normas, habitualmente se ha producido el predominio de uno de ellos.
                      2. PODER: La decisión, la revisión de sanciones para evitar conductas
                        1. une los conceptos de ESTADO DE DERECHO y DEMOCRACIA impidiendo su excesiva disociación.
                          1. Si los 3 poderes estuvieran concentrados en la misma persona o en el mismo grupo de personas habría un gobierno despótico
                            Show full summary Hide full summary

                            Similar

                            Ramas del derecho
                            Mónica Molina
                            DERECHOS DE AUTOR EN INTERNET
                            valeavenita
                            Tema 2: Constitución Esañola (I)
                            Francisco Afonso
                            DERECHO ROMANO
                            profesorjoelnavarro
                            APUNTES DE DERECHO PROCESAL
                            IGNACIO FERNANDEZ
                            Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.
                            Dania Riverol
                            sistema penal acusatorio
                            Agote la vía gubernativa
                            Derecho Penal
                            freddygroover
                            MARCO JURÍDICO
                            Javier Paz
                            Aplicación de la teoría del conectismo en las cátedras de Derecho Constitucional I y II.-
                            evamarcela.escob
                            DEMOCRACIA
                            emanuel_544