Contribución del turismo al
entendimiento y al respeto mutuos
entre hombres y sociedades
Los agentes del desarrollo turístico y los propios turistas
prestarán atención a las tradiciones y prácticas sociales y
culturales de todos los pueblos, incluso a las de las minorías
nacionales y de las poblaciones autóctonas, y reconocerán su
riqueza
Las autoridades públicas tienen la misión de asegurar la
protección de los turistas y visitantes y de sus bienes. En ese
cometido, prestarán especial atención a la seguridad de los
turistas extranjeros, por su particular vulnerabilidad.
Los turistas y visitantes tienen la responsabilidad de recabar
información, desde antes de su salida, sobre las características
del país que se dispongan a visitar
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El turismo, instrumento de
desarrollo personal y colectivo
Las actividades turísticas respetarán la igualdad de hombres y mujeres.
Asimismo, se encaminarán a promover los derechos humanos y, en
particular, los derechos específicos de los grupos de población más
vulnerables, especialmente los niños, las personas mayores, y las personas
con discapacidades
conforme al derecho internacional, debe combatirse sin reservas con la
cooperación de todos los Estados interesados, y sancionarse con rigor en
las legislaciones nacionales de los países visitados y de los países de los
autores de esos actos, incluso cuando se hayan cometido en el extranjero.
os desplazamientos por motivos de religión, salud, educación e
intercambio cultural o lingüístico constituyen formas particularmente
interesantes de turismo, y merecen fomentarse. Se favorecerá la
introducción en los programas de estudios de la enseñanza del valor de
los intercambios turísticos,
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El turismo, factor de
desarrollo sostenible
Las autoridades públicas nacionales, regionales y locales favorecerán
e incentivarán todas las modalidades de desarrollo turístico que
permitan ahorrar recursos naturales escasos y valiosos, en particular
el agua y la energía, y eviten en lo posible la producción de desechos.
Los agentes del desarrollo turístico, y en particular los profesionales
del sector, deben admitir que se impongan limitaciones a sus
actividades cuando éstas se ejerzan en espacios particularmente
vulnerables: regiones desérticas, polares o de alta montaña, litorales,
selvas tropicales o zonas húmedas, que sean idóneos para la
creación de parques naturales o reservas protegidas.
El turismo de naturaleza y el ecoturismo se reconocen como formas
de turismo particularmente enriquecedoras y valorizadoras,
siempre que respeten el patrimonio natural y la población local y se
ajusten a la capacidad de ocupación de los lugares turísticos.
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El turismo, factor de aprovechamiento
y enriquecimiento del patrimonio
cultural de la humanidad
Las políticas y actividades turísticas se llevarán a cabo con respeto al
patrimonio artístico, arqueológico y cultural, que deben proteger y
transmitir a las generaciones futuras. Se concederá particular
atención a la protección y a la rehabilitación de los monumentos,
santuarios y museos, así como de los lugares de interés histórico o
arqueológico
Los recursos procedentes de la frecuentación de los sitios y
monumentos de interés cultural habrían de asignarse
preferentemente, al menos en parte, al mantenimiento, a la
protección, a la mejora y al enriquecimiento de ese patrimonio.
La actividad turística se organizará de modo que permita la
supervivencia y el florecimiento de la producción cultural y
artesanal tradicional, así como del folklore, y que no conduzca a su
normalización y empobrecimiento.
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El turismo, actividad beneficiosa para los
países y las comunidades de destino
Las políticas turísticas se organizarán de modo que contribuyan a
mejorar el nivel de vida de la población de las regiones visitadas y
respondan a sus necesidades. La concepción urbanística y
arquitectónica y el modo de explotación de las estaciones y de los
medios de alojamiento turístico tenderán a su óptima integración en
el tejido económico y social local.
Se prestará particular atención a los problemas específicos de las
zonas litorales y de los territorios insulares, así como de las frágiles
zonas rurales y de montaña, donde el turismo representa con
frecuencia una de las escasas oportunidades de desarrollo frente al
declive de las actividades económicas tradicionales.
De conformidad con la normativa establecida por las autoridades
públicas, los profesionales del turismo, y en particular los
inversores, llevarán a cabo estudios de impacto de sus proyectos
de desarrollo en el entorno y en los medios naturales.
6
Obligaciones de los agentes del
desarrollo turístico
Los agentes profesionales del turismo tienen obligación de facilitar a los turistas
una información objetiva y veraz sobre los lugares de destino y sobre las condiciones
de viaje, recepción y estancia. Además, asegurarán la absoluta transparencia de las
cláusulas de los contratos que propongan a sus clientes
Se preocuparán por la existencia de sistemas de seguros y de asistencia adecuados.
Asimismo, asumirán la obligación de rendir cuentas, conforme a las modalidades que
dispongan las reglamentaciones nacionales y, cuando corresponda, la de abonar una
indemnización equitativa en caso de incumplimiento de sus obligaciones contractuales.
En coordinación con los profesionales interesados y sus asociaciones, las autoridades
públicas de los Estados de origen y de los países de destino velarán por el establecimiento
de los mecanismos necesarios para la repatriación de los turistas en caso de
incumplimiento de las empresas organizadoras de sus viajes.
7
Derecho al turismo
La posibilidad de acceso directo y personal al descubrimiento de las
riquezas de nuestro mundo constituirá un derecho abierto por igual a
todos los habitantes de nuestro planeta. La participación cada vez más
difundida en el turismo nacional e internacional
Con el apoyo de las autoridades públicas, se desarrollará el turismo
social, en particular el turismo asociativo, que permite el acceso de la
mayoría de los ciudadanos al ocio, a los viajes y a las vacaciones.
Se fomentará y se facilitará el turismo de las familias, de los jóvenes y de los
estudiantes, de las personas mayores y de las que padecen discapacidades.
8
Libertad de desplazamiento turístico
Se reconoce a los turistas y visitantes la facultad de utilizar todos los medios
de comunicación disponibles, interiores y exteriores. Se beneficiarán de un
acceso rápido y fácil a los servicios administrativos, judiciales y sanitarios
locales
Los turistas y visitantes gozarán de los mismos derechos que los ciudadanos
del país que visiten en cuanto a la confidencialidad de los datos sobre su
persona, en particular cuando esa información se almacene en soporte
electrónico.
Los procedimientos administrativos de paso de las fronteras establecidos
por los Estados o por acuerdos internacionales, como los visados, y las
formalidades sanitarias y aduaneras se adaptarán para facilitar al máximo
la libertad de los viajes y el acceso de la mayoría de las personas al turismo
internacional.
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Derechos de los trabajadores y de los
empresarios del sector turístico
Los intercambios de experiencia que se ofrezcan a los directivos y
otros trabajadores de distintos países, sean o no asalariados,
contribuyen a la expansión del sector turístico mundial. Por ese
motivo, se facilitarán en todo lo posible, de conformidad con las
legislaciones nacionales y las convenciones internacionales
aplicables.
Las empresas multinacionales del sector turístico, factor insustituible de
solidaridad en el desarrollo y de dinamismo en los intercambios
internacionales, no abusarán de la posición dominante que puedan
ocupar. Evitarán convertirse en transmisoras de modelos culturales y
sociales que se impongan artificialmente a las comunidades receptoras.
La colaboración y el establecimiento de relaciones equilibradas
entre empresas de los países emisores y receptores contribuyen al
desarrollo sostenible del turismo y a una repartición equitativa de
los beneficios de su crecimiento.
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Aplicación de los principios del Código
Ético Mundial para el Turismo
Los agentes públicos y privados del desarrollo turístico cooperarán en la
aplicación de los presentes principios y controlarán su práctica efectiva.
Los agentes del desarrollo turístico reconocerán el papel de los organismos
internacionales, en primer lugar el de la Organización Mundial del Turismo, y de
las organizaciones no gubernamentales competentes en los campos de la
promoción y del desarrollo del turismo
Los mismos agentes manifiestan su intención de someter los litigios relativos
a la aplicación o a la interpretación del Código Ético Mundial para el Turismo
a un tercer organismo imparcial, denominado Comité Mundial de Ética del
Turismo, con fines de conciliación.