El término "finanzas" proviene
del latín finis que significa fin,
conclusión, haciendo alusión a
la finalización de una
transacción económica con
transferencia de recursos
financieros. En esta línea, el
vocablo inglés fine, se utilizaba
para referirse a la “conclusión
de un negocio”.
Durante los siglos XIII y XV, en
Italia, y en las principales
ciudades en las que el
comercio estaba en auge
(Florencia, Génova y Venecia),
se utilizaba el término financia
para referirse al “pago en
dinero”.
El concepto de “finanzas”, con el transcurso del tiempo, pasó a
ser utilizado también en el área del sistema monetario, y en el
campo de la generación de recursos financieros por parte del
Estado, ampliándose así su significado.
ORIGEN
CONCEPTO
Las finanzas son una rama de la economía que
estudia la obtención y gestión, por parte de una
compañía, individuo o del Estado, de los fondos
que necesita para cumplir sus objetivos y de los
criterios con que dispone de sus activos.
La actividad financiera está
constituida por la serie de actos
que realiza el estado para satisfacer
las necesidades colectivas, dentro
de las cuales se observan aquellas
que están dirigidas a la creación y
obtención de los medios
económicos.
La actividad financiera tiene por
finalidad hacer posible el cumplimiento
de los objetivos del Estado,
diferenciándose de la actividad privada
por los fines y por los medios. Es obvia la
vinculación con el Derecho
Administrativo por la identidad del sujeto
de ambas disciplinas.
En su desenvolvimiento histórico, los estudios
financieros han sufrido grandes oscilaciones.
Forma autónoma por diversos autores, siempre
se percibió la pugna de inclinar su campo de
acción hacia lo económico o lo político.
NECESIDAD PÚBLICA
Nacen de la vida colectiva y se solventan
mediante la actuación del Estado. Estas
necesidad pueden ser materiales (vivienda,
vestido, alimentos) o inmateriales
(religiosas, morales, ) y tiene la
característica que son de ineludibles de
satisfacción, que da origen a una
comunidad organizada
Primarias. Son
inmutables, es decir, no
cambian con el tiempo.
Estas se originan con la
misma existencia de un
Estado que gobierna.
Secundarias. Cambian y
se adaptan con el
tiempo de acuerdo al rol
del gobierno y cuáles
son sus objetivos.
Tipos de necesidades:
SERVICIO PÚBLICO
Es toda actividad que en virtud del
ordenamiento jurídico deba ser
asumida o asegurada por una
persona pública territorial con la
finalidad de dar satisfacción a una
necesidad de interés general.
Principios Fundamentales :
Obligatoriedad, por la
acción inmediata de los
órganos de Estado, bajo el
control de los mismos.
Mutabilidad, el interés
general es versátil, ya que
el procedimiento
aplicable al servicio debe
ser adaptado a las
formalidades cambiantes
Continuidad, no pueden
ser interrumpidos, de
manera que el colectivo
pueda disfrutar de los
servicios públicos
Igualdad, todos tiene la
posibilidad de acceder a los
servicios públicos sin
distingo alguno.
Clasificación del servicio publico
Servicios públicos exclusivos y
excluyentes (generación
hidroeléctrica)
Servicios públicos exclusivos pero
concedibles ( telecomunicaciones,
electricidad)
Servicios públicos
concurrentes ( educación)
Art. 311. C.N.R.B.V.:
La gestión fiscal estará regida y será ejecutada con
base en principios de eficiencia, solvencia,
transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal. Esta
se equilibrará en el marco plurianual del presupuesto,
de manera que los ingresos ordinarios deban ser
suficientes para cubrir los gastos ordinarios.
El ejecutivo Nacional presentará a la
Asamblea Nacional para su sanción legal
un marco plurianual para la formulación
presupuestaria que establezca los límites
máximos de gastos y endeudamiento que
hayan de contemplarse en los
presupuestos nacionales.
La ley establecerá las
características de este marco, los
requisitos para su modificación y
los términos de su cumplimiento.
El ingreso que se genere por la explotación de la
riqueza del subsuelo y los minerales, en general,
se procederá a financiar la inversión real
productiva, la educación y la salud. Los principios
y disposiciones establecidas para la
administración económica y financiera nacional,
regularan la de los Estados y Municipios en cuanto
sean aplicables.
Art. 2. Ley Orgánica de la
Administración Financiera
del Sector Publico.
…“ La administración
financiera del sector
público comprende el
conjunto de sistemas,
órganos, normas y
procedimientos que
intervienen en la
captación de ingresos
públicos y en su
aplicación para el
cumplimiento de los
fines del estado y estará
regida por los principios
constitucionales de
legalidad, eficiencia,
solvencia, transparencia,
responsabilidad,
equilibrio fiscal y
coordinación
macroeconómica. “