Artículo 9
1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
instantáneo
vacatio legis
2.1
Annotations:
Artículo 2
1. Las leyes entrarán en vigor a los veinte días de su completa publicación en el «Boletín Oficial del Estado», si en ellas no se dispone otra cosa.
Fin de la vigencia
- Temporal
- Definitiva
Caducidad
Derogación
2.2.
LA DEROGACIÓN TÁCITA
Tipos de derogación
2.2
Annotations:
Artículo 2
2. Las leyes sólo se derogan por otras posteriores. La derogación tendrá el alcance que expresamente se disponga y se extenderá siempre a todo aquello que en la ley nueva, sobre la misma materia, sea incompatible con la anterior. Por la simple derogación de una ley no recobran vigencia las que ésta hubiere derogado.
DOCTRINA
GENERAL
SOBRE EL
DERECHO
TRANSITORIO
Concepto
Retroactividad
e
irretroactividad
de las normas
grados
TEORIAS
Savigny
derecho adquirido
CC
CRITICAS
hecho jurídico realizado
EL PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD
2.3
Annotations:
3. Las leyes no tendrán efecto retroactivo si no dispusieren lo contrario.
Regla general
Excepción
Límite
9.3 CE
Annotations:
Artículo 9
1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
EXPOSICIÓN DE LAS
REGLAS 1 A 4 DEL
CÓDIGO CIVIL
Clasificación
de las reglas
de Derecho
transitorio
del CC
Regla 1ª. Derechos que han de regirse por la antigua o por la nueva legislación
Regla 2ª. Actos celebrados al amparo de la legislación anterior