LA ÉTICA MEDIO AMBIENTAL: PRINCIPIOS Y VALORES PARA UNA CIUDADANÍA RESPONSABLE EN LA SOCIEDAD GLOBAL

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LA ÉTICA MEDIO AMBIENTAL: PRINCIPIOS Y VALORES PARA UNA CIUDADANÍA RESPONSABLE EN LA SOCIEDAD GLOBAL
  1. Introducción
    1. La primera vez que se comenzó a hablar de una ética orientada al cuidado y respeto del medio ambiente, indicando que el pensamiento moral debería ir más allá del ámbito de los intereses humanos para incluir los intereses de los seres naturales no humanos, fue en las conclusiones del libro de memorias del ingeniero forestal norteamericano, Aldo Leopold, “A Sand County Almanac” (1949), que la tituló: "Land Ethic" Ética de la Tierra.
      1. La primera Conferencia de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente se celebró en Estocolmo en 1972 “Conferencia de NN.UU sobre Medio Humano”.
        1. El concepto de "environmental ethics" adquirió carta de nacimiento y se definió como “el estudio ético de las interacciones humanas con y el impacto humano sobre el mundo natural y el sistema natural.
          1. La ecofilosofía, según Naess, apunta a “hacer hincapié en una ponderación altamente crítica de las sociedades de crecimiento industrial desde el punto de vista ecológico.
            1. En 1975, con la publicación del libro “Liberación Animal”, de Peter Singer, se inicia el debate dentro de la environmental ethics sobre los derechos de los animales y el bienestar animal.
              1. El debate filosófico en esta disciplina se ha centrado en tres grandes líneas: (i) el diagnóstico sobre las causas de la crisis socioecológica en un nivel planetario, en términos históricos, sociales, culturales, políticos, jurídicos y económicos; (ii) la consideración de los intereses morales de los seres humanos futuros o generaciones futuras, y (iii) la teoría del valor sobre la cual se sustentan las obligaciones ético-ecológicas, dividida en valores instrumentales, extrínsecos a la naturaleza y basados en los intereses humanos —que fundamentan los antropocentrismos éticos—, y en valores intrínsecos a la naturaleza o a los seres vivos que la integran, fundamento de los biocentrismos y ecocentrismos en ética medio ambiental.
                1. Agente moral: los seres humanos tienen la capacidad de asumir obligaciones y responsabilidades por sus acciones.
                  1. El paciente moral: se refiere a un ser ante el cual se tiene obligaciones y responsabilidades, debido a que sus intereses y capacidades merecen consideración moral.
                    1. La ética medioambiental, en sus distintas corrientes de fundamentación, ha puesto hoy sobre la mesa la necesidad ineludible de contemplar más allá de los intereses presentes de los seres humanos, los debates de esta disciplina resultan muchas veces escolásticos e infructuosos para enfrentar un cambio pragmático de la sociedad actual y su relación con la naturaleza, esto es, un cambio en el metabolismo socio-natural.
                      1. Una vez revisadas las distintas teorías de fundamentación en ética ecológica, se tiene la impresión de que ninguna de ellas por sí sola es suficiente para abordar la crisis socioecológica.
                        1. La ética ecológica propone los siguientes principios:
                          1. El principio de responsabilidad como cuidado del ser vulnerable (los seres humanos actuales y futuros y la restante vida planetaria).
                            1. El principio de justicia ecológica en sus tres vertientes: la justicia global (las desigualdades socioeconómicas a nivel planetario), la justica intergeneracional (generaciones futuras) y la justicia interespecífica (principio de hospitalidad biosférica hacia los otros seres vivos). Son principios que pueden entrar en conflicto y que debemos jerarquizar de acuerdo con ciertos principios estratégicos.
                              1. Principios estratégicos: sustentabilidad, precaución y responsabilidad compartida, pero diferenciada y solidaria.
    2. Ciudadanía ecológica responsable
      1. La crisis socioecológica planetaria: la sociedad global del riesgo y las asimetrías de la globalización económica
        1. Nuestra situación actual, como decía el biólogo Barry Commoner(16), es de un profundo desajuste entre la esfera que nos acoge (biosfera), sujeta a límites biofísicos y hoy saturada ecológicamente por el hombre, y la esfera humana y tecnológica (tecnosfera), compuesta por una población excesiva para los límites naturales y con un acelerado ritmo de producción y consumo, si bien el de unos pocos: los ricos globalizados de los países desarrollados y subdesarrollados. La envergadura de este desequilibrio no tiene precedentes en la historia y hace surgir la pregunta de cómo y por qué hemos llegado a este punto.
          1. La gran transformación de la Tierra se inicia con la Revolución Industrial de fines del s. XVIII, cuando por primera vez se dejan de utilizar energías exosomáticas renovables (fuerza animal y energía solar directa e indirecta) y comienza el uso de energías fósiles no renovables, pasándose de una economía orgánica de flujos a una economía de stocks finitos de materias energéticas y no energéticas subterránea
            1. Hoy, en cambio, en un mundo lleno o saturado en términos ecológicos por una sociedad industrial planetaria que produce y consume por sobre los niveles de recursos naturales finitos disponibles y por sobre la capacidad de absorción de la biosfera de los desechos y contaminación generados, el capital natural debe ser nuestra primera preocupación. Por ello, es necesario ajustar nuestra tecnosfera a los límites que fija la biosfera, puesto que los procesos lineales de la primera, aunque innovadores, son ecológicamente inarmónicos o desajustados con la segunda, cuyos procesos son cíclicos, conservadores y autocoherentes
              1. Hay dos características básicas del proceso de la sociedad industrial y tecnológica actual: la globalidad de sus impactos ambientales y la irreversibilidad de muchos de ellos (por ejemplo, la pérdida de la biodiversidad). Esto nos lleva a describir dos formas que toma la sociedad planetaria actual: la sociedad global del riesgo y la asimetría del proceso de la globalización económica y tecnológica.
                1. En una sociedad que vive inmersa en actividades que tienen un fuerte potencial de generar daños graves e incluso irreversibles en el medio ambiente y la salud humana, la lógica con la cual operar no debería ser ya la de un enfoque de control o gestión de riesgos, sino un enfoque preventivo basado en el principio de precaución
                  1. En resumen, los países ricos, que constituyen el 20% de la población mundial, consumen el 80% de los recursos de todo el planeta (recursos energéticos de origen fósil, recursos minerales, uso de servicios ambientales, etc.). Esta apropiación desigual de recursos naturales por parte de los países ricos fuera de sus territorios, deja una carga medio ambiental en los países productores de materias primas de la que no se hacen cargo los primeros.
                    1. Esto se muestra, por ejemplo, en el calentamiento climático, causado por el sobreconsumo energético del Norte, pero que afectará más gravemente a los países del Sur, que tienen claramente menos responsabilidad en él. Ello exige la aplicación del principio estratégico de responsabilidad compartida pero diferenciada, consagrado en la Declaración de Río (1992).
                      1. las consecuencias de un crecimiento económico desmedido están afectando también a los propios países que más se benefician de él. Comprobado está que, pasado cierto umbral de crecimiento económico (medido en términos de PNB), éste deja de contribuir al bienestar humano y se torna contraproducente debido a los daños ecológicos y sociales asociados a este crecimiento(28). Así lo han mostrado índices corregidos del PNB que contemplan la calidad de vida.
      2. La justicia ecológica: justicia global, justicia interespecífica y justicia intergeneracional
        1. Hoy es necesario introducir un concepto redefinido de progreso que vaya más allá de lo cuantitativo y esté orientado hacia la sustentabilidad ecológica, lo que implica producir de forma más eficiente (hacer más con menos energía y materias primas) y que los sistemas socioeconómicos respeten los límites de la biosfera.
          1. El Instituto Wuppertal ha definido la sostenibilidad en los siguientes términos: “La dimensión física de la sustentabilidad se refiere a dejar intacta a lo largo del tiempo la estabilidad de los procesos evolutivos internos de la ecósfera, una estructura dinámica y autoorganizativa. Un sistema económico es ecológicamente sostenible solo en tanto el empleo de recursos para generar bienestar se limite de forma permanente a un tamaño y una calidad que no sobreexplote las fuentes, ni sobrecargue los sumideros que proporciona la ecósfera”.
            1. Siguiendo a Sachs & Santarius, la justicia global debe ser entendida como una ética transnacional basada en el reconocimiento de todos los individuos como miembros de pleno derecho en la comunidad (derechos humanos básicos de subsistencia y distribución justa de los recursos), garantizando estos derechos de supervivencia por sobre el bienestar de otros, mediante un comercio justo y la compensación de daños ecológicos bajo el principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas(
              1. La justicia interespecífica tiene que ver con la idea de hospitalidad biosférica, que nos recuerda que somos una especie dependiente de los procesos de la ecósfera que desarrollan otros seres vivos, y que no debemos apropiarnos de modo desigual del espacio ambiental que compartimos.
                1. la justicia intergeneracional tiene que ver con el deber no recíproco de responsabilidad por las generaciones futuras, que se articula en tres principios derivados: principio de conservación de opciones, principio de conservación de la calidad del planeta y principio de conservación de acceso al legado de las generaciones pasadas
                  1. El Informe Brundtland, “Nuestro futuro común” (1987), definía precisamente el concepto de “desarrollo sostenible” como aquel que satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades. Sin embargo, este concepto se ha interpretado de muchas formas en las últimas décadas.
                    1. Algunos apuestan por un crecimiento sostenible, ambientalmente consciente, sin limitar el crecimiento económico, incorporando más y mejor tecnología para un desarrollo ecoeficiente. Otros consideran, en cambio, que la estrategia anterior implica un riesgo (en la conservación de recursos y disminución del impacto ambiental global) que se traduce en que el ahorro que se gana en ecoeficiencia se pierde por mayores posibilidades de sobreconsumo (paradoja de Jevons o efecto de rebote).
                      1. El principio de responsabilidad como cuidado del ser vulnerable: hacia una ciudadanía ecológica
                        1. A nuestro modo de ver, en términos del fundamento ético de la idea de sustentabilidad, debe introducirse el principio de responsabilidad como cuidado del ser vulnerable, que implica para su conservación principios claves para el desarrollo sostenible, como son el principio de precaución, el principio de solidaridad (entre los seres humanos presentes y entre éstos y las generaciones futuras), el principio de autocontención (valores de suficiencia, moderación y frugalidad) y el principio de responsabilidad ciudadana global, que fundamenta el concepto de ciudadanía ecológica.
                          1. Más allá de los debates sobre la responsabilidad colectiva en sentido legal y moral, que no es tema a puntualizar ahora, sintetizamos los supuestos mínimos de una responsabilidad moral ampliada para la sociedad global actual. Si tomamos en cuenta que este tipo de responsabilidad se caracteriza por ser colectiva y orientada al futuro
                            1. las virtudes que emanan del principio de responsabilidad, como cuidado del ser vulnerable y su relación con el concepto emergente en el debate de la teoría política actual de ciudadanía ecológica, caracterizado por deberes no recíprocos y por las virtudes del cuidado y la compasión.
                              1. Sostenemos, además, que el principio de responsabilidad como deber de cuidado se articula por medio de una teoría de deberes no recíprocos y asimétricos, en cuanto sus objetos de cuidado carecen de la posibilidad de exigir derechos, puesto que estamos hablando del cuidado por seres humanos que aún no existen (generaciones futuras) y del cuidado de seres vivos no humanos.
                                1. Para Dobson, la ciudadanía ecológica apunta más hacia deberes y responsabilidades que a derechos, e implicaría las virtudes del cuidado y compasión hacia los desconocidos y distantes, tanto en el tiempo como en el espacio (humanos y seres vivos no humanos).
                                  1. Este concepto considera que, en la medida en que los actos privados tienen implicaciones públicas, ya no es válida la distinción estricta entre lo público y lo privado. Por último, la ciudadanía ecológica supera el concepto territorial de las ciudadanías tradicionales ligadas al espacio político definido, entendiéndola entonces como una “ciudadanía de la Tierra”, que supera el concepto de ciudadanía global o cosmopolita. En este sentido, es una especificación de una ciudadanía postcosmopolita
                      2. Conclusiones
                        1. Pasar de una visión antropocéntrica del mundo que comprende solo los intereses y valores humanos a una visión solidaria entre el mundo natural y el mundo humano, que comprende los intereses y valores del resto de los seres vivos que comparten la biosfera con nosotros, lo que significa orientarse hacia una solidaridad antropocósmica y una justicia interespecífica.
                          1. Pasar de una sociedad dividida y territorialista (Estados-nación), aunada por una globalización económica y financiera asimétrica e injusta, a una sociedad no territorialista, que aspira a una sociedad global aunada en una conciencia planetaria que lucha por la igualdad y por la justicia global.
                            1. Pasar de una sociedad que solo comprende los intereses presentes a una sociedad planetaria que comprende los intereses de los seres humanos futuros, esto es, orientada hacia una justicia intergeneracional basada en el principio de responsabilidad por las generaciones futuras.
                              1. Pasar de una economía productivista, desarraigada de la Tierra, abstracta e inmaterialista en cuanto separada de la biosfera y materialista en cuanto abusa de los recursos naturales mediante ritmos de producción y consumo desenfrenados, a una economía que se inserta como un subsistema dentro del ecosistema físico, global y finito que es la biosfera, lo que significa pasar de una economía capitalista y productivista a una economía ecológica.
                                1. Pasar de sociedades insostenibles, depredadoras del medio y profundamente desiguales en lo social, a sociedades ecológicamente sostenibles más justas e igualitarias.
                                  1. Pasar de una ciudadanía global para unos pocos a una ciudadanía ecológica, de la Tierra, consciente y activa desde su lugar de compartir una única Tierra para una humanidad actual y futura.
                                    1. En relación con la justicia ecológica, se sostiene que solo es abordable a través de tres líneas de acción y conceptos complementarios: la justicia interespecífica, la justicia intergeneracional y la justicia global.
                                      1. La filosofía de la sustentabilidad se base en el principio de responsabilidad como deber de cuidado por el ser vulnerable.
                                        1. La teoría de la responsabilidad se considera fundamento de una teoría contractualista de los derechos y deberes recíprocos.
                                          1. Los límites encontrados al concepto emergente de ciudadanía ecológica, en virtud de estar basado en una ética del cuidado y el problema de la universalización de la misma en un contexto de pluralismo moral, pueden ser superados por la asunción de la teoría de los deberes no recíprocos de la responsabilidad, en tanto ésta se declina como virtud de cuidado y como deber de justicia, saliendo así al paso del problema de subordinar virtudes ciudadanas ecológicas (cuidado y compasión) al principio de justicia global.
                        2. Juan Alberto Lecaros Urzúa
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