El contrato de transporte consiste en un acuerdo
que celebran las partes, donde una de ellas se
obliga a cambio de un pago a conducir de un lugar
a otro, ya sea personas o cosas, a favor del
alguien y entregar estas al destinatario en
términos del artículo 981 del código de comercio.
QUE ES ?
El contrato de transporte puede ser verbal; en general, se
materializa en la llamada «carta de porte», cuya emisión no
es obligatoria, una vez extendida representa el título legal
del contrato, tiene una utilidad probatoria trascendente.
Las partes pueden exigirse mutuamente la carta de porte.
CARTA DE PORTE
Una carta de porte debe contener, como mínimo:
nombre y domicilio de las partes y demás sujetos
intervinientes, descripción de las mercancías a
transportar y de su estado, ruta convenida, plazo y
lugar de entrega, firmas y fecha. Tiene dos
funciones importantes: es el elemento probatorio
del contrato de transporte y representa el título de
propiedad de la mercadería. ,
OBLIGACION DEL TRASPORTADOR
El incumplimiento de esas obligaciones puede derivar en
indemnizaciones a favor de las personas contratantes del
servicio.
CARATERISTICAS DEL CONTRATO
Una de las características del
contrato de transporte es su
carácter de bilateral, ya que las
obligaciones son para ambas
partes, y es obligación del que se
beneficia con el transporte pagar el
precio.
ateral: se obliga tanto el cargador como el
porteador. consensual: se perfecciona por
el mero consentimiento de las partes.
oneroso: las partes perciben las utilidades
y se gravan recíprocamente en beneficio
mutuo.