El uso de programas informáticos siempre está sujeto
a algunas condiciones legales, "licencias", para que el
software se pueda instalar, usar, modificar y o distribuir.
Responsabilidades éticas y morales
Detrimento en las cualidades éticas y morales de la persona
ante la sociedad por faltas a la honestidad, honradez,
legalidad, integridad y responsabilidad de sus acciones.
Responsabilidades administrativas
Sanciones o multas, sucesivas o
no, hasta de doscientos salarios
mínimos legales mensuales,
Responsabilidades civiles:
Indemnización por los daños sufridos
por la sociedad como consecuencia de
la actuación de los administradores.
Son los derechos o restricciones que tiene una persona sobre el uso, distribución o
modificación del software que está adquiriendo.
Licencias que pueden ser utilizadas sin ninguna restricción.
Licencias creative commons
Representan los derechos de uso de
bienes que son comunes y creativos.
GPL (General Public License) de la Free Software Foundation.
Science Commons,
Difusión abierta del conocimiento científico.
CC Learn
Impulsan modelos abiertos dentro del sistema educativo.
Reconocimiento (by)
En este tipo de licencia está permitido cualquier comercialización de la creación o la
obra en particular, incluye una finalidad comercial, así como la creación de productos
derivados, la distribución de los cuales también está permitida sin ninguna restricción.
Otras que permiten su uso bajo algunas condiciones especiales.
Reconocimiento (Attribution):
Este tipo de licencia permite comercializar la creación, siempre y
cuando se reconozca el autor.
Sin obras derivadas
El derecho para comercializar el
producto no incluye la transformación
para crear un producto derivado.
Compartir igual (Share alike):
El derecho autorizado suele incluir la creación de
productos derivados siempre que mantengan la
misma licencia al ser divulgados.
Reconocimiento – No Comercial (by-nc)
Se permite la generación de obras derivadas siempre
que no se haga un uso comercial. Tampoco se puede
utilizar la obra original con fines económicos.
Reconocimiento – Compartir igual (by-sa)
En este tipo de licencia se permite el uso comercial de las creaciones
y de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se
debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.
Reconocimiento – Sin obra derivada (by-nd)
En este tipo de licencia se permite
el uso comercial de la obra pero no
la generación de obras derivadas.
Las que el usuario debe adquirir para poder utilizar los programas.
No Comercial (Non commercial):
Licencia no permite la comercialización, suele ser de uso restringido.
Reconocimiento – No Comercial – Compartir Igual (by-ncsa)
No se permite un uso comercial de la obra original ni de las
posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe
hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.
Reconocimiento – No Comercial – Sin obra derivada (bync- nd)
En este tipo de licencia no está permitido el uso
con fines económicos de la creación u obra
original, ni la generación de productos derivados.