Artículo 102 de la Constitución Política de la República de Guatemala "Derechos Mínimos para los trabajadores"

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Artículo 102 de la Constitución Política de la República de Guatemala "Derechos Mínimos para los trabajadores"
  1. Remuneraciones
    1. Pago en moneda nacional o 30% en alimentos si el trabajador lo desea.
      1. No pueden retener salario a excepción de una orden judicial.
        1. No pueden pagar menos del salario Mínimo
          1. Pago de aguinaldo ya sea completo o proporcional por el salario devengado.
            1. Indemnización de un mes de salario por cada año laborado por despido injustificado.
              1. Por causa de muerte o incapacitación el patrono le pagara al cónyuge o hijos 1 mes de salario por cada año laborado. Si se lo cubre el IGSS el patrono ya no tiene la obligación.
                1. Todo trabajo realizado fuera de las jornadas ordinarias se debe de pagar en jornada extraordinaria. Si laboraran menos horas de las descritas anteriormente tienen el derecho del salario completo.
                2. Descansos con pago
                  1. Días de asueto
                    1. 1 día por cada semana laborada
                      1. 15 días hábiles de vacaciones anuales y para las empresas agropecuarias 10 días hábiles.
                        1. La mujer en estado de gestación gozará de 30 días (prenatal) y 45 días(postnatal) y pueden ser ampliados según su condición
                        2. Jornadas
                          1. Ordinaria diurna máximo 8 horas diarias, 44 a la semana.
                            1. Ordinaria nocturna máximo 6 horas diarias y 36 a la semana.
                              1. Ordinaria mixta máximo 7 horas diarias y 42 a la semana.
                              2. Otros
                                1. Los mayores de 60 años deberán de recibir un trato adecuado a su edad.
                                  1. Preferencia a guatemaltecos sobre los extranjeros.
                                    1. Contratación de personas ciegas, minusválidos y con deficiencias físicas, psíquicas o sensoriales.
                                      1. Pertenecer a sindicatos.
                                        1. Contratación de personas ciegas, minusválidos y con deficiencias físicas, psíquicas o sensoriales
                                        2. Ana Cecilia Arroyo Ramírez (000006587) 201704801@upana.edu.gt

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