Reglamento federal de seguridad e
higiene y medio ambiente en el
trabajo.
Nuevo Reglamento, se obliga a
los patrones a contar con un
diagnóstico de Seguridad y
Salud en el Trabajo, contar con
estudios y análisis de Riesgos
Con la reforma a la Ley Federal de
Trabajo del año 2012, hubo varias
modificaciones y creación de nuevas
disposiciones en materia de Seguridad e
Higiene en el trabajo, derivado de dichas
disposiciones, el pasado 13 de noviembre
de 2014, se publicó en el Diario Oficial de
la Federación el Reglamento Federal de
Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual
una vez entrado en vigor (Febrero de
2015) sustituirá al actual Reglamento
Federal de Seguridad, Higiene y Medio
Ambiente de trabajo.
expedir autorizaciones
para la realización de
actividades o trabajos
peligrosos
contar con los dictámenes,
informes de resultados y
certicados de cumplimiento
en materia de Seguridad y
Salud en el Trabajo
El Reglamento se divide en dos:
Seguridad en el Trabajo, Salud
en el Trabajo
Primer punto; establece
todas las disposiciones que
se deben observar en las
siguientes materias:
Edicios locales,
instalaciones y
áreas de trabajo
Edicios locales,
instalaciones y
áreas de trabajo
utilización de
maquinaria,
equipo y
herramientas
manejo, transporte y
almacenamiento de
materiales y/o
sustancias químicas
peligrosas
conducción de
vehículos
motorizados
Segundo punto;
mismo que versa en
los siguientes
aspectos:
exige a los empleadores colocar en
lugares visibles del centro de trabajo los
avisos o señales para informar, advertir
y prevenir riesgos