¿QUÉ ES EL REGISTRO TRIBUTARIO UNIFICADO (RTU)? Se establece el
Registro Tributario Unificado, en donde se inscribirán todas las personas
naturales o jurídicas que estén afectas a cualquiera de los impuestos
vigentes o que se establezcan en lo futuro. Art. 1. Decreto 25-71
REGISTRO DEL CONTRIBUYENTE EN EL RTU: A cada persona o
entidad que se inscriba en el Registro Tributario Unificado: Le
es asignado un Número de Identificación Tributaria (NIT)
RTU DIGITAL CARACTERÍSTICAS: 1.MMedidas de seguridad para
dar mayor certeza y resguardo a la información de los
contribuyentes. 2.Permite al contribuyente dar seguimiento de
manera transparente a sus gestiones. 3.Fortalece la gestión
institucional a través de la innovación y el uso de la tecnología.
QUIENES PUEDEN INSCRIBIRSE ANTE LA SAT: Todos los
contribuyentes y responsables están obligados a
inscribirse en la Administración Tributaria, antes de
iniciar actividades afectas. (Art. 120 Código Tributario)
AL INSCRIBIRSE EN LA SAT DEBEN PAGAR
IMPUESTOS: 1. NIT ADMINISTRATIVO: estudiantes,
amas de casa, jubilados y otros; 2. NIT CON
OBLIGACIONES: Actividad afecta a impuestos
REQUISITOS PARA INSCRIPCIÓN ANTE LA SAT (REQUISITOS
SOLICITUD DE NIT PERSONA INDIVIDUAL): 1. Ser mayor de edad
(DPI) 2. Recibo (agua, luz, teléfono, celular, IUSI) 3. Documento
emitod por la Municipalidad
PROCESO PARA SOLICITAR NIT: 1. Iniciar
solicitud electónica 2. Registrar correo 3.
Completar formulario electrónico 4. Aprobación
5. Finalizar solicitud ante oficinas SAT
FORMULARIO DE SOLICITUD ELECTRONICA DE NIT ADMINISTRATIVO:
1. Datos de identificación 2. Actividad económica 3. Ubicaciones 4.
Establecimientos 5. Afiliaciones 6. Datos de contador 7. Datos de
representante legal
¿QUE INFORMACION SE DEBE INGRESAR EN EL FORMULARIO ELECTRONICO?
Todos los campos de llenado obligatorio
ESTADO DE SOLICITUD DE NIT: Revisión de solicitud que puede:
Requerir corregir solicitud o se apruebe la solicitud
FINALIZAR SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN SAT (SOLICITUD DE NIT):
1. Solicitar cita: www.portalsat.gob.gt 2. Registro de datos
biométricos, en una oficina SAT
¿QUE OBTENDRA AL FINALIZAR LA SOLICITUD? 1. Constancia de inscripción y
actualización de datos al RTU 2. Carné de Identificación Tributaria 3. Usuario
de Agencia Virtual activado
¿QUE SUCEDE SI OLIVIDO MI NIT? 1. https://portal.sat.gob.gt/portal/
2. Consulta CUI/NIT 3. Prueba que es Humano, seleccionando fotos
indicadas 4. Consultar con CUI 5. Aparece NIT
OBLIGACIONES FORMALES DE LOS CONTRIBUYENTES: 1. Actualizar Datos:
cuando se modifiquen los datos de inscripción (30 días después de
ocurrido el cambio) 2. Ratificación de Datos (Anualmente): 1. Persona
Indiviual (fecha de nacimiento) 2. Prsona Jurídica (fecha de constitución)
Art. 120 Código Tributario
ACTUALIZACION Y RATIFICACION DE DATOS:
1. Agencia Virtual 2. Servicios 3. RTU 4.
Actualización de datos
CESE DE ACTIVIDADES POR PRESCIRPCION: 1. Disponible desde la Agencia Virtual Proceso habilitado para
Persona Individual 2. El establecimiento a cancelar no debe contar con facturas emitidas, libros
autorizados, declaraciones del impuesto, durante los últimos 3. Gestión completamente en línea
ACTUALIZACION Y RATIFICACION DE DATOS: 1. Agencia Virtual 2. Servicios 3. RTU 4. Cese prescrito