las decisiones de los arbitros se denominan laudo, tiene
el mismo valor de cosa juzgada que una sentencia, y
tambien se puede ejecutar forzosamente.
solo se puede dar sobre asuntos
transigibles
Fundamento Art. 229 C.P. y
116 de la C.P.
normatividad Colombiana sobre
arbitraje internacional
ley 1563 de 2012
se funda en:
libre estipulación de las partes
norma sustancial aplicable
remite a las convenciones
internacionales
el art. 116 no establece una forma de
privatización de una función estatal
ni formal, el estado no es creando ni tomando parte
en una organización de derecho privado con el fin de
continuar garantizando a través de esta.
ni funcional, porque no se modifica la estructura
de responsabilidad con relación a una tarea estatal.
ni material, por cuanto no
cede su ejecución
GARANTIA DE PROTECCIÓN EFECTIVA
DE DERECHOS
PERSPECTIVAS
1. Garantía fundado en virtud del acuerdo
arbitral, de protección jurídica ante los tribunales
arbitro
2. Derecho fundamental, de toda persona, de recurrir a la
vía judicial, para obtener ante los jueces y tribunales
estatales la protección jurídica de sus derechos
se deriva del deber del Estado de Derecho, de ocuparse del cuidado y
responsabilidad de la realización del ordenamiento constitucional por él
creado, que solo es accesible en la vía jurídica
NORMATIVIDAD
recurso de anulación
recurso de revisión
acción de tutela
el acuerdo arbitral se acuña con la pretensión de un procedimiento arbitral equitativo, en
el cual cada una de las partes tenga la posibilidad de hacer valer sus derechos, a través de
un procedimiento flexible, confidencial, y no extensoque brinde fiabilidad al
pronunciamiento de una decisión correcta, contenida en un laudo proferido en justo
tiempo, con eficiencia y justicia de costos.
NORMATIVIDAD
Configuración de un
procedimientoequitativo
flexibilidad de la decisión
duración del proceso, convencional o hasta seis meses
contados a partir de la primer audiencia de tramite
costos del proceso (tarifas del Decreto 4089 de 2007)
ejecución del laudo (carácter de titulo ejecutivo)
DEFINICIÓN
Es un método alternativo de solución de disputas alternativo a la Administración de Justicia. Se
caracteriza por ser un procedimiento privado e informal, por el que las partes acuerdan someter
determinada disputa a una o varias personas imparciales (arbitros) a las que autorizan para que
resuelvan la controversia mediante una decisión definitiva y obligatoria de las partes.
a arbitraje se puede someter tanto una disputa ya existente entre las partes como
una eventual disputa futura.
arbitraje internacional
LIBRE ESTIPULACIÓN DE LAS PARTES Y
CONVENIOS INTERNACIONALES
arbitraje interno o domestico
se rige por el la ley 1563 de 2012
P. Autonomia de la Voluntad
bibliografía: Ortiz Gaspar, Anibal. El Arbitraje: ¿que es y cuales son sus
ventajas e inconvenientes? Muriel, Jose. Prtección efectiva de Derechos a la Luz
de la normatividad Colombiana de Arbitraje. disponible en Arbitraje: Revista de
arbitraje Comercial y de Inversiones.; Ley 1563 de 2012