Aquél que ejerza la función de administrador
habiendo sido nombrado por un órgano
incompetente
Aquél que en los hechos tiene el manejo
administrativo, económico o financiero del
deudor tributario
Quien actúa frente a terceros con la apariencia
jurídica de un administrador formalmente
designado
Aquél que después de haber renunciado
formalmente o se haya revocado
RESPONSABLES SOLIDARIOS EN CALIDAD DE ADQUIRENTES
La responsabilidad cesará
Tratándose de herederos y demás
adquirentes a título universal, al
vencimiento del plazo de prescripción
Tratándose de los otros adquirentes cesará a
los 2 (dos) años de efectuada la transferencia,
si fue comunicada a la Administración
Tributaria dentro del plazo que señale ésta.
RESPONSABLES SOLIDARIOS
Las empresas
porteadoras que
transporten productos
gravados con tributos
agentes de retención o
percepción, cuando
hubieren omitido la
retención o percepción a
que estaban obligados
Los terceros notificados
para efectuar un
embargo en forma de
retención hasta por el
monto que debió ser
retenido
Los depositarios de bienes
embargados, hasta por el monto
de la deuda tributaria en
cobranza, incluidas las costas y
gastos, cuando, habiendo sido
solicitados por la Administración
Tributaria
Los acreedores vinculados con el deudor
tributario según el criterio establecido en el
Artículo 12 de la Ley General del Sistema
Concursal
Los sujetos comprendidos en los numerales 2, 3 y 4 del Artículo 16
RESPONSABLES SOLIDARIOS POR HECHO GENERADOR
DERECHO DE REPETICION
EFECTOS DE LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
CAPACIDAD TRIBUTARIA
REPRESENTACION DE PERSONAS NATURALES Y
SUJETOS QUE CARECEN DE PERSONERIA JURIDICA