El patrimonio de una nación lo
conforman el territorio que
ocupa, su flora y fauna, y todas
las creaciones y expresiones de
las personas que lo han habitado:
sus instituciones sociales, legales
y religiosas; su lenguaje y su
cultura material desde las épocas
históricas más antiguas. El
patrimonio comprende los
bienes tangibles e intangibles
heredados de los antepasados
PATRIMONIO CULTURAL
Es la herencia de bienes
materiales e inmateriales
que le pertenecen a un
pueblo o nación y que
incluye, entre otros, sus
valores espirituales,
morales, simbólicos,
estéticos, tecnológicos y
tradicionales.
PATRIMONIO INMATERIAL
Se refiere a lo que llamamos
cultura viva, como lo es el
folclor, la medicina
tradicional, el arte popular, las
leyendas, el arte culinario, las
ceremonias y costumbres, etc.
PATRIMONIO MATERIAL
INMUEBLE Se refiere a los bienes
culturales que no pueden
trasladarse y abarca tanto los
sitios arqueológicos (huacas,
cementerios, templos, cuevas y
andenes, entre otros) como las
edificaciones coloniales y
republicanas.
PATRIMONIO MATERIAL MUEBLE Incluye
todos los bienes culturales que pueden
trasladarse de un lugar a otro, es decir, objetos
como pinturas, cerámicas, orfebrería,
mobiliario, esculturas, pinturas, monedas,
libros, documentos, textiles, entre otros. Los
bienes culturales muebles se pueden clasificar
en objetos orgánicos e inorgánicos.
CLASIFICAN
EN:
Cerámica
Fósiles
Lítico
Metal
Óseo
Textil
Cuero
Madera
Papel
Pintura
LEYES ECUATORIANAS
RELACIONADAS AL TRÁFICO
ILÍCITO DE BIENES CULTURALES Y
PATRIMONIALES
Ecuador cuenta con una elemental
normativa legal respecto al tráfico
ilícito de bienes patrimoniales, que debe
ajustarse a las exigencias actuales, para
que conjuntamente con la normativa
internacional se logre controlar y evitar,
este flagelo que destruye la identidad
cultural de los pueblos, a través de la
defensa de sus bienes patrimoniales.
Constitución Política de la
República del Ecuador, dispone
en su Art. 3, que es deber
primordial del Estado:
“…Defender el patrimonio
natural y cultural del país
La Ley de Patrimonio Cultural del
Ecuador, en el Art. 23, establece que
“Ningún objeto perteneciente al
Patrimonio Cultural de la Nación
puede salir del país, excepto en los
casos en que se trate de exposiciones o
de otros fines de divulgación en forma
temporal
El Art. 6 de la Ley de Patrimonio Cultural
establece que “Las personas naturales y
jurídicas, las Fuerzas Armadas, la Policía
Civil y Aduanera están obligados a
prestar su colaboración en defensa y
conservación del Patrimonio Cultural
Ecuatoriano.”
El Art. 1 de la Ley Orgánica de Aduanas,
establece en su ámbito de aplicación que “La
presente ley regula las relaciones jurídicas
entre el Estado y las personas que operan en el
tráfico internacional de mercancías dentro del
territorio aduanero.
El Ministerio de Turismo tiene
como principales actividades
y políticas, las determinadas
en los Arts. 3 y 4 de la Ley de
Turismo,
“Art. 3.- Son principios de la actividad turística,
los siguientes: d) La conservación permanente de
los recursos naturales y culturales del país; y, e) La
iniciativa y participación comunitaria indígena,
campesina, montubia o afro ecuatoriana, con su
cultura y tradiciones preservando su identidad,
protegiendo su ecosistema y participando en la
prestación de servicios turísticos, en los términos
previstos en esta Ley y sus reglamentos.
Art. 4.- La política estatal con relación al sector
del turismo, debe cumplir los siguientes
objetivos: a) Reconocer que la actividad
turística corresponde a la iniciativa privada y
comunitaria o de autogestión, y al Estado en
cuanto debe potencializar las actividades
mediante el fomento y promoción de un
producto turístico competitivo; b) Garantizar el
uso racional de los recursos naturales,
históricos, culturales y arqueológicos de la
Nación;…”
ACTIVIDADES QUE CUMPLE LA
UEIDPC Recepción de denuncias,
Recolección de Información,
Recolección de Indicios,
Inteligencia Electrónica 67,
Control de aeropuertos, Patrullaje
Preventivo, Control de Comercio
de bienes culturales y
patrimoniales, Apoyo al Comité
Técnico de Lucha Contra el Tráfico
Ilícito de Bienes Patrimoniales,
Enlace con Unidades Policiales,
Plan de Capacitación,
Delegaciones Fiscales.