La acción de tutela es un mecanismo que tiene toda persona para la protección de los derechos
fundamentales, que estos resulten vulnerados o amenazados por las autoridades
públicas o particulares en ciertos casos, siempre que no existan otros mecanismos de defensa
judicial, salvo que se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. El
juez imparte la orden a la autoridad o particular para que actúe o se abstenga de hacerlo (véase C.P.,
art. 86). Este mecanismo se ha desarrollado a través de los decretos 2591 de 1991, 306 de 1992 y 1382
de 2000, y por la jurisprudencia que ha expedido la Corte Constitucional sobre su sentido y alcance.
La definición anterior ha sido compartida por la doctrina y la jurisprudencia en varias sentencias
como la T-10 de 1993 y T-134 de 1996, entre otras.
ACCION DE TUTELA CONTRA PARTICULARES-Orden a empleador reintegrar a trabajador y pagar los
salarios y de los aportes al Sistema General de Seguridad Social que se hayan causado desde el
momento en que ocurrió el despido hasta que se configure el reintegro
ACCION DE TUTELA PARA OBTENER REINTEGRO LABORAL-Improcedencia por cuanto la terminación del contrato obedeció a
que finalizó el término fijo celebrado entre las partes, además no se hacía indispensable la aprobación del Ministerio de
Trabajo
DERECHO AL MINIMO VITAL, AL TRABAJO Y A LA SEGURIDAD SOCIAL-Orden a juzgado realizar una
liquidación estimada de los ingresos mensuales del accionante, con el objeto de determinar la base
para calcular su remuneración laboral
PROTECCION LABORAL REFORZADA DEL TRABAJADOR CON DISCAPACIDAD La estabilidad laboral se
refuerza cuando el trabajador es una persona que por sus condiciones particulares puede llegar a
sufrir un grave detrimento a raíz de una desvinculación abusiva. Es por tal razón que el legislador
estableció la prohibición de despedir trabajadores con discapacidad o en estado de debilidad
manifiesta cuando dicho despido se dé en razón de su condición, sobre la base de que se trata de
medidas discriminatorias que atentan contra la igualdad y el deber de solidaridad.
ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA-Ineficacia del
despido sin autorización previa y expresa del
Ministerio de Trabajo