CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL.

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La controversia es un elemento jurídico que busca resolver un problema legal.
Jean Azahel Cortés
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Jean Azahel Cortés
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CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL.
  1. ¿Qué es una Controversia Constitucional? Las controversias constitucionales son procedimientos de control de la regularidad constitucional, planteados en forma de juicio ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los que las partes, sea como actores, demandado o terceros interesados, pueden ser:

    Annotations:

    • Son presentados ante la SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN). 
    1. LA FEDERACIÓN
      1. LOS ESTADOS
        1. EL DISTRITO FEDERAL (CDMX) O MUNICIPIOS
          1. EL EJECUTIVO FEDERAL
            1. EL CONGRESO DE LA UNIÓN O CUALQUIERA DE SUS CÁMARAS
              1. LOS PODERES DE UN ESTADO
                1. LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA CDMX
                2. ¿Cuándo se realiza? Cuando se plantea la posible inconstitucionalidad de Normas Generales o de Actos Concretos y se solicita su invalidación. En este sentido, se observa que las Normas o Actos contravienen lo que Constitucionalmente está ordenado, o bien para plantear conflictos sobre los limites de los estados cuando estos adquieren un estado contencioso. .
                  1. ¿Por quién es realizado? No hay que olvidar que las Controversias Constitucionales son procesos mediante los cuales, se resuelven los conflictos que surjan entre DOS de los Poderes Federales, los Poderes de los Estados, los Órganos de Gobierno del D.F. (CDMX) o bien, entre los órdenes de gobierno, por invasión de competencias o por cualquier tipo de violación a la Constitución Federal, por parte de los órganos señalados.
                    1. ¿Ante quién se debe realizar? ¿ ANTE QUIEN SE DEBE REALIZAR? Se realiza ante la Suprema Corte de Justica de la Nación, considerada la instancia unica para tales efectos al estar consolidada como tribunal de constitucionalidad, para solventar controversias entre los tres niveles de Gobierno y fungir como garante del federalismo y del estado de derecho
                      1. Preceptos que no se pueden interpretar en la Carta Magna
                        1. Existen normas en la Constitucion que por su contenido se prestan a que su interpretación pueda ser equivocada haciéndose confusas, incompletas y dificiles de una interpretación definida.
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