Para garantizar el bienestar y el desarrollo
integral de las niñas y los niños de todo el
mundo se constituyó la Convención de los
Derechos del Niño (CDN).
Annotations:
Para garantizar el
bienestar y el desarrollo integral de las niñas y los niños de todo el mundo se
constituyó la Convención de los Derechos del Niño.
En ella se reconoce a las niñas y niños
entre 0 y 18 años como individuos,
miembros de una familia y de una
comunidad
La CDN esta estructurada a
partir de 3 principios:
Interés superior del niño
Este principio se especifica y complementa
con el derecho del niño a expresar su
opinión o punto de vista, en todos los
asuntos que le afecten
La no discriminación
Pretende asegurar que la infancia y la
juventud tengan la titularidad de los
derechos que le corresponden a todas las
personas
La efectividad de los
derecho
es un compromiso de los Estados a adoptar
"todas las medidas administrativas,
legislativas y de otra índole para dar
efectividad a los derechos reconocidos en la
presente Convención.
Se destancan tres de las
principales características de la
convención (CDN):
Carácter integral de la Convención y protección
integral de los derechos de los niños
Abarca todas las dimensiones de la vida y desarrollo de
las niñas y los niños. Es vista como "puente entre el
desarrollo humano y el desarrollo de los derechos"
promoviendo la unificación de propósitos y acciones entre
desarrollo socioeconómico y protección jurídica de la
infancia.
El niño sujeto de derecho
Característica fundamental del enfoque de los
derechos humanos aplicado a la infancia, es
constituir una nueva concepción del niño y de sus
relaciones con la familia, la sociedad y el Estado.
El paso de las necesidades a los
derechos
El niño es concebido como un sujeto de derecho frente al
Estado y la sociedad, una persona a la que se le reconoce
el derecho a ser protegido integralmente en su desarrollo
y frente al cual existen obligaciones muy concretas y
específicas.