Dies Principios del Estado para trabajar la
Saluad Sexual y Reproductiva:
la sexualidad como una condicion humana
la propuesta del ministerio en
primer orden es posicionar la
dimencion de sexualidad
dentro del discurso y la practica
de los derechos humanos,
donde se desarollan los
derechos sexuales y los
derechos reproductivos
Implica entender la sexualidad como condición prioritaria
para el desarrollo humano, por lo tanto debe ser liberada
de carga moral y observarse desde el ámbito de los
derechos y el respeto por las personas, quienes son el
centro alrededor del cual gravitan las políticas en el
marco de una moral laica. Se asume que la sexualidad es
una condición característica individual, que se construye
en una condición social en permanente proceso de
transformación en el tiempo, y que se mantiene por
imperativos sociales que son asumidos por las personas
quienes la expresan de manera diversa.
2) Igualda y equidad
Se desarrollan como principios a
partir de la igualdad reconocida
como cualidad primordial de las
personas. Es la aceptación de la
condición humana, donde todas las
personas al mismo tiempo son
iguales, únicas y diversas, es decir,
iguales en la diferencia.
3) Diverc idad y no discriminacion
Cada persona es diferente y por lo tanto cuenta con una identidad
íntimamente vinculada con la dignidad humana; las condiciones y
características de esta identidad pueden configurar grupos, lo cual obliga a
que en la garantía de los derechos de igualdad y libertad, se reconozca que no
debe haber discriminación en razón a la vivencia de ninguna particularidad en
el sentido de lo humano.
4) Diferenciacion S y R
La sexualidad y la reproducción son dos realidades y
conceptos que aunque están muy ligados representan
dos ámbitos diferentes en la vida humana, por lo tanto,
los derechos sexuales son independientes de los
derechos reproductivos.
5) Livertad sexual y LIvertad
R
La dignidad humana.Este principio
afirma la independencia entre
sexualidad y reproducción, desde la
autodeterminación sexual y la
autodeterminación reproductiva, cuyo
núcleo de realización es la
anticoncepción y cuya expresión más
formal es el respeto a
6) vinculacion DS.DR y marco N
Las disposiciones legales, interpretadas a la luz del contexto o caso concreto y los
derechos sexuales y derechos reproductivos de las otras personas, son el único
limitante al ejercicio de estos derechos humanos, dentro de un marco ético y de
principios como la autonomía, la beneficencia, la no maleficencia y la justicia,
propios de una sociedad democrática que garantiza la libertad, igualdad y respeto
por las diferencias.
7) Reconocimiento acciones y garanti DS.DR
La promoción, respeto, protección, exigibilidad y
reivindicación de los derechos sexuales y los
derechos reproductivos es un continuum para
asegurar la garantía que parte desde su
conocimiento hasta su materialización o
restablecimiento en los casos que son
vulnerados.
8) Responsabilidad en los anbitos S.R
El ejercicio libre de los derechos conlleva responsabilidades
individuales y sociales que deben ser previstas, entendidas e
interiorizadas por las personas y las instituciones a partir de
adecuados procesos de información y garantía de tales libertades.
Este principio también implica corresponsabilidad y la necesidad
de concurrencia del Estado, las familias y la sociedad, para el
logro de los objetivos y propósitos de la PNSDSDR.
9) Integridad y no fracmentacion para la
garantía de los derechos sexuales y los
derechos reproductivos:
Estos derechos mantienen las características de
universalidad, interrelacionabilidad, interdependencia e
indivisibilidad y deben ser proveídos en condiciones de
reconocimiento de la integridad de las personas. En
concordancia con esta postura, los servicios y la atención
deben ser organizados y prestados de forma integral a
sujetos integrales, situación especialmente
10) Armonización
Esta Política potencia, articula, complementa y hace sinergias con los
demás desarrollos contenidos en instrumentos nacionales e
internacionales, normas, planes y programas con que cuenta el país en
torno a la sexualidad, los derechos sexuales y los derechos
reproductivos, no entra en contradicción con ellos y procura el logro de
los objetivos comunes.