DERECHOS HUMANOS DE LAS NIÑAS,
NIÑOS Y ADOLESCENTES
1. Reseña histórica
Se podría decir
que Jules Valles es
el primero en
formular la
defensa de los
derechos del niño
en el año de 1879
2. Convención sobre los Derechos del Niño (CDN)
La asamblea general en su resolución
44/25 del 20 de noviembre de 1989,
ratifica y firma la CONCENCIÓN SOBRE
LOS DERECHOS DEL NIÑO, incorporando
toda la gama de derechos humanos
civiles, culturales, económicos, políticos
y sociales
3. Protocolos facultativos
3.1 El protocolo facultativo sobre la participación de los
niños en los conflictos armados. Establece que los 18 años
edad mínima para el reclutamiento obligatorio para que
participen directamente en las hostilidades 3.2 El
protocolo facultativo sobre la venta de niños Trata de
erradicar la utilización de niños en pornografía,
prostitución infantil, tratando que no se de estas graves
violaciones de los
4. Situación sociológica en el Ecuador
En el Ecuador es muy grave
la situación de los niños en
el campo por cuanto tienen
padres separados, por
cuanto a veces son
utilizados por gente en
forma ilegal.
5. SUSTENTO JURÍDICO PARA LA PRÁCTICA POLICIAL EN CASOS DE MALTRATO, EXPLOTACIÓN SEXUAL,
EXPLOTACIÓN LABORAL A NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES Y MENORES INFRACTORES.
5.1. DEFINICIÓN Y
ÁMBITO LEGAL DE
MALTRATO DE LA NIÑEZ
Y ADOLESCENCIA
Maltrato físico. Es el daño provocado en la
salud física o corporal del niño Maltrato
psicológico. Es la perturbación emocional,
alteración psicológica o disminución de la
autoestima en el niño. Maltrato es
institucional. Cuando un funcionario
policial lo han cometido un maltrato y no
han adoptado las medidas para prevenirlo
Violencia intrafamiliar a menores. Cuando
se da en el interior del vínculo familiar y
es toda acción u omisión que consiste en
maltrato físico, psicológico o sexual
5.2. EXPLOTACIÓN
SEXUAL DE NIÑAS
/ NIÑOS Y
ADOLESCENTES
Es toda actividad de
intercambio en que una
persona vende, ofrece,
solicita o trata el uso del
cuerpo de un niño para
sacar provecho de carácter
sexual
5.3.
EXPLOTACIÓN
LABORAL
Los niños están
protegidos contrala
explotación
económica y contra
el desempeño de
cualquier trabajo
peligroso o
entorpece
5.4.
MENORES
INFRACTORES.
Se reconoce la situación especial
de los menores confrontados con
la ley como delincuentes, dad su
edad, los menores son
vulnerables al abuso, al descuido
y a la explotación, los menores
procesados estarán separados de
los adultos y deberán ser llevados
ante tribunales de justicia con la
mayor celeridad posible para su
enjuiciamiento