DERECHOS HUMANOS DE LAS
NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESEÑA HISTORICA
Largo recorrido, Europa Occidental y
Estados Unidos y Latinoamericano
Se fortaleció en el siglo
XIX
No siempre significó un
reconocimiento de derechos
El el siglo XX ya estaba
asentada la idea
Asegurar un cierto nivel de
bienestar material y espiritual a
los niños.
Revolucionario francés Jules Valles, entre los primeros en
formular la defensa de los derechos del niño.
Primer eco en la Declaración
de los Derechos del Niño
La ONU adoptó una versión
ligeramente enmendada en 1946
En 1959 la Asamblea General de las Naciones Unidas
adoptó una versión expandida como propia.
En 1989, se crea una Convención especial
destinada paro los niños y niñas.
En Estados Unidos se produjo un
mayor desarrollo del concepto.
CONVENCIÓN SOBRE LOS
DERECHOS DEL NIÑO (CDN)
Instrumento internacional,
incorpora toda la gama de
derechos humanos:
Culturales
Civiles
Económicos
Políticos
Sociales
El objetivo de la CDN es "El
interés superior del niño"
Existen principios
fundamentales
Derecho a la vida
Supervivencia y
desarrollo
Dedicación al interés
superior del niño.
No
discriminación
Respeto por los puntos de
vista del niño.
SUSTENTO JURÍDICO PARA
PROCEDIMIENTOS POLICIALES
Explotación laboral
La CDN en su Art. 32, establece el
dechecho del niño a estar protegido
contra la explotación económica.
El CNA, en su Art. 92. establece la edad
mínima para el trabajo de 15 años, en el
Art. 86 se fijan seis horas como duración
de la jornada Laboral.
Art. 92 del Código de la Niñez y la
Adolescencia, Trabajo formativo.- Los
niños, niñas y adolescentes podrán
realizar actividades de formación que
incorporen al trabajo como un elemento
importante en su formación integral.
Definición
La Constitución en el Art. 35:
“las personas, niñas, niños y
adolescentes, recibirán
atención prioritaria y
especializada en los ámbitos
público y privado.
Explotación sexual
Ofrecer, solicitar o contratar
el uso del cuerpo de un niño,
niña y/o adolescente para
sacar provecho de carácter
sexual y económico.
Prostitución niñas, niños
y adolescentes.
Proxeneta.- Persona que
obtiene beneficios de la
prostitución de otra
persona.
Pornografía con niñas, niños y
adolescentes.
Trasmitir o editar materiales visuales,
audiovisuales informáticos electrónicos o de
cualquier otro soporte con pornografia.
Corrupción de niñas, niños y
adolescentes
Será sancionado con pena privativa de
libertad de uno a tres años.
Menores infractores
La Comunidad internacional
reconoce la situación especial
de los menores confrontados
con la ley como delincuentes.
Art. 10.2 (b) del Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos, "Los
menores procesados estarán
separados de los adultos y deberán
ser llevados ante los tribunales de
justicia con la mayor celeridad"
La Constitución en e3 Art. 77 numeral 13,
establece: Que para las adolescentes infractores
regirá un sistema de medidas socioeducativas
proporcionales a la infracción atribuida.
PROTOCOLOS FACULTATIVOS
El protocolo
facultativo sobre la
venta de niños.
Trata de erradicar la
prostitución infantil,
atención hacia la
criminalización.
Criminalización de las
graves violaciones de los
derechos de la infancia.
La participación de los
niños en los conflictos
armados.
Establece los 18 años
como la edad mínima
para el reclutamiento
obligatorio.
SITUACIÓN SOCIOLÓGICA EN EL
ECUADOR
Existe un grave
problema social
respecto a los niños,
niñas y adolescentes.
El 80 por ciento de niños y
adolescentes tienen padres
separados.
Aparecen trastornos de conducta,
desembocan en comportamientos
antisociales.