Término socializado para referirnos a los procesos
y procedimientos que emplean estos grupos
ancestrales para administrar justicia
costumbres,
pensamiento
derechos
humanos
pensamiento
indígena
Instrumentos
Internacionales
normas positivas que han
reivindicado a los pueblos y
nacionalidades indígenas
sus derechos colectivos
Convenio 169 de la
OIT (Organización
Internacional del
Trabajo)
1. Al aplicar la
legislación
2. deberán tener el
derecho de conservar
sus costumbres e
instituciones propias
3. no deberá impedir a
los miembros de dichos
pueblos ejercer los
derechos reconocidos
La Jurisdicción
Quienes están facultados con
funciones jurisdiccionales son
las autoridades de las
comunidades, pueblos y
nacionalidades indígenas
La Competencia
límite a la facultad de juzgar
y hacer ejecutar lo juzgado
Competencia en
cuanto al territorio
“Las autoridades de las comunidades,
pueblos y nacionalidades indígenas
ejercerán funciones jurisdiccionales…
dentro de su ámbito territorial…”
Competencia en cuanto
a las personas que
deben ser juzgadas
Independientemente de que
sea o no indígena, cualquier
ciudadano puede ser juzgado
por el Consejo de Gobierno.
Competencia en
cuanto a la materia
Deberán respetarse los métodos a los que los
pueblos interesados recurren
tradicionalmente para la represión de los
delitos cometidos por sus miembros.
Las autoridades y los tribunales llamados a
pronunciarse sobre cuestiones penales deberán
tener en cuenta las costumbres de dichos pueblos
Las Sanciones, especialmente
en lo que para la justica común
es, en materia penal.
No deben ser incompatibles con los
derechos fundamentales definidos por el
sistema jurídico nacional ni con los derechos
humanos internacionalmente reconocidos.
Las autoridades aplicarán normas y
procedimientos propios para la
solución de sus conflictos internos